El MARM establece el procedimiento para la designación de las organizaciones caritativas y requisitos de las entidades benéficas, encargadas de la distribución gratuita de alimentos a las personas más necesitadas

Ayudas alimentarias

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, a través del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), ha aprobado una Resolución, que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, por la que se establece el procedimiento para la designación de las organizaciones caritativas y los requisitos que deben cumplir las entidades benéficas, encargadas de la distribución de alimentos en el marco del Plan 2011 de ayuda alimentaria a las personas más necesitadas de la Unión Europea.
Podrán presentar su solicitud de participación en el Plan 2011 las organizaciones caritativas sin ánimo de lucro, de ámbito nacional, cuyo objeto social sea promover el interés general y que desarrollen labores de asistencia social, siempre que dispongan de los medios y cauces adecuados para hacer llegar los alimentos a las entidades benéficas.

Por tanto, la ayuda alimentaria se hará llegar a las personas más necesitadas a través de entidades benéficas que, voluntariamente y de forma altruista, se ofrezcan para llevar a cabo la distribución gratuita de los alimentos, ya sea mediante su consumo directo en los locales de la entidad (entidades de consumo) o mediante su entrega a los beneficiarios (entidades de reparto). El FEGA efectuará el suministro de las cantidades de alimentos que correspondan a cada organización designada.
Este plan comunitario tiene como objetivos poner a disposición de las personas necesitadas alimentos básicos de calidad y emplear los excedentes de ciertos productos agrarios que se encuentran en poder de los organismos públicos de intervención de la Unión Europea.
Las solicitudes de participación se presentarán ante el FEGA en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOE.

MARM

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