El MARM ha regulado el registro de titularidad compartida en las explotaciones agrarias

En el Ministerio existirá un registro en el que se reflejarán las declaraciones de titularidad compartidas y sus variaciones, recibidas de la autoridad competente de las distintas comunidades autónomas.

Este registro contendrá la identificación de los cotitulares, así como la identificación de la explotación y su número de identificación fiscal.

El establecimiento de este registro estaba incluido en el Real Decreto sobre cotitularidad, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 6 de marzo.

El objetivo de esta normativa se centra en promover la titularidad compartida de las explotaciones agrarias entre los cónyuges o miembros de las parejas de hecho reconocidas o inscritas en algún registro público, así como en extender los beneficios en la cotización a la Seguridad Social a las mujeres que ostenten dicha cotitularidad.

Las ayudas, pagos, derechos de producción, primas, cuotas u otras medidas de efecto equivalente que correspondan al titular de la explotación, se atribuirán conjuntamente a los cotitulares que hayan comunicado a la administración competente la existencia de dicha cotitularidad.

El Real Decreto señala que las Administraciones Públicas podrán establecer ayudas públicas, subvenciones, preferencias en apoyos y otras medidas incentivadoras a fin de promover el acceso y permanencia de las mujeres a la titularidad compartida de las explotaciones agrarias.

Europa Press

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