El proyecto de Ley de Patrimonio Natural refuerza la conservación de la biodiversidad

La ley incorpora la prohibición que establecía el real decreto que el Gobierno del Partido Popular aprobó en la anterior legislatura de tenencia y uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en zonas húmedas del territorio español incluidas en el Convenio Ramsar de humedales de importancia internacional y en las zonas húmedas objeto de protección conforme a qualquiera de las figuras de espaciosnaturales protegidas legalmente establecidas y en la de la Red Natura 2000.

Teniendo en cuenta la incidencia muy significativa, y mundialmente reconocida, de la munición de plomo sobre las aves acuáticas, la prohibición en los humedales de la Red Natura permitirá evitar el deterioro del hábitat de estas especies en el interior de la Red. Además, es congruente con distintos convenios internacionales, en especial con el Acuerdo de Conservación de las Aves Acuáticas Migratorias Afroeuroasiáticas, del Convenio de Bonn.

En este contexto, es fundamental reseñar también que la Federación de las Asociaciones de Caza y Conservación de la Fauna Silvestre de la Unión Europea (FACE) – de la que forma parte la Real Federación Española de Caza – y la ONG conservacionista Birdlife, llegaron a un acuerdo en 2004, firmado ante la Comisaria de Medio Ambiente de la Comisión Europea, en el ámbito de la “Iniciativa para una caza sostenible”, que incluye un punto que señala que ambas organizaciones piden una eliminación gradual del uso de la munición de plomo para cazar en humedales en toda la Unión Europea lo antes posible y en cualquier caso a más tardar en 2009.

Muchos Estados de la UE aplican ya esta prohibición en todos sus humedales, como Austria, Alemania, Finlandia, Francia, Hungria y Reino Unido, y en otros como Dinamarca y Holanda está vigente en todo el territorio, tanto en zonas húmedas como en las que no lo son, independientemente de que sean o no espacios protegidos, lo cual confirma que existen alternativas al plomo.

Asimismo, y al igual que establecía la Ley 4/89 de Flora y Fauna Silvestre, a la que sustituirá la nueva Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, quedará prohibida con carácter general el ejercicio de la caza de aves durante la época de celo, reproducción y crianza y su caza durante el trayecto de regreso hacia los
lugares de cría en el caso de especies migratorias. Se mantiene así, además, en el ordenamiento jurídico español lo que marca la Directiva Aves de la UE.

Respecto a la caza de la perdiz con reclamo, esta modalidad no se prohíbe en el proyecto de ley siempre que se realice con arreglo a lo dispuesto en el párrafo anterior.

MMA

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