El secretario general de pesca subraya el compromiso de España con las medidas de gestión de la NAFO

Juan Carlos Martín Fragueiro, ha explicado la posición de la Secretaria General de Pesca Marítima ante las próximas negociaciones sobre el uso sostenible de los recursos pesqueros y la conservación de la biodiversidad marina, así como el reforzamiento de la Organización Regional de Pesca NAFO, en un seminario organizado por la Embajada de Canadá en Madrid, al que han asistido el embajador de Canadá en España, funcionarios del Ministerio de Pesca de Canadá y representantes diplomáticos canadienses ante los Estados miembros de la Unión Europea.

Intervención del Secretario General de Pesca Marítima sobre «El uso sostenible de los recursos pesqueros y la conservación de la biodiversidad»

Hoy en día no existe ningún planteamiento de actividad pesquera responsable que se pueda desarrollar al margen del «uso sostenible de los recursos pesqueros y la conservación de la biodiversidad marina «. En la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de Johannesburgo, la Comunidad internacional alcanzó unos acuerdos que necesariamente están marcando las pautas de actuación del hoy y del mañana de las actividades pesqueras.

En el Derecho internacional pesquero vigente, la Convención de NN. UU. sobre el Derecho del Mar de 1982 y el Acuerdo de 1995 sobre la conservación y ordenación de las poblaciones de peces transzonales altamente migratorias, no hay ningún elemento que impida que la Comunidad internacional, por el conducto de sus organizaciones competentes, bien sea Organizaciones Regionales de Pesca o Arreglos, adopte todas las medidas necesarias para hacer viable el uso sostenible de los recursos y la conservación de la biodiversidad marina en todos los espacios marítimos. Una medida imprescindible es potenciar los sistemas de vigilancia, control e inspección para erradicar la pesca ilegal que compromete los ecosistemas marinos en su conjunto.

La cuestión tiene tanta relevancia que durante la reunión ministerial que se acaba de celebrar en FAO (marzo de 2005, Roma), España propuso la introducción en el texto de la Declaración ministerial sobre pesca ilegal, no declarada y no regulada, de una mención al efecto dañino de la pesca ilegal «tanto para el uso sostenible de las pesquerías como para la conservación de la biodiversidad marina».

Marco para el desarrollo de una política pesquera compatible con la conservación de la biodiversidad marina

De acuerdo con las resoluciones de NN.UU. sobre biodiversidad y derecho del mar, adoptadas en noviembre 2004, la Comunidad internacional ha de poner el acento en aquellos ecosistemas y aquella biodiversidad marinos vulnerables. Para la conservación de los ecosistemas identificados como vulnerables ha de utilizar los instrumentos necesarios, incluido el posible establecimiento de marinas protegidas, sobre la base de un estudio caso por caso a partir de la mejor información científica disponible.

Las Organizaciones Regionales de Pesca no han esperado para actuar y ya han realizados avances para alcanzar los objetivos fijados por dichas resoluciones de NN.UU. A finales del 2004, NEAFC (Comisión de Pesquerías del Atlántico Nordeste) y ahora el Comité General de Pesca del Mediterráneo (CGPM) adoptaron medidas de prohibición del arrastre como acciones de precaución para proteger los ecosistemas marinos.

Sin embargo, la incidencia en el medio ambiente marino no se puede abordar exclusivamente en clave pesquera, sino ponderando el impacto de otro tipo de actividades como son el transporte marítimo, la contaminación marina y la incidencia de otras actividades aun poco conocidas como la bioprospección de los fondos marinos y el uso genético de los recursos. Además ha de abordarse el impacto del cambio climático en el medio marino.

En el sector de la pesca, la FAO es la organización donde convergen todos los actores que entienden de pesca, los estados, las organizaciones intergubernamentales y las ONGs. La FAO es la organización que puede y debe sentar y coordinar las pautas internacionales para que los países , las ORPs y los Arreglos regionales puedan integrar gestión de los recursos pesqueros y protección de la biodiversidad marina siguiendo los objetivos fijados por la Comunidad internacional en los distintos foros de Naciones Unidas, la Cumbre de Johannesburgo y la Asamblea General. Dichas pautas podrían concretarse en un futuro en la elaboración de un Código para el uso sostenible de los recursos pesqueros y la conservación de la biodiversidad marina, decisión que podría ser adoptada por el Comité de pesquerías de la FAO (COFI).

Durante su 26ª Sesión, celebrada del 7 al 11 de marzo en la sede de la FAO en Roma, el COFI tenía que tomar y tomó importantes decisiones para avanzar en dicha dirección, siendo receptivo a las recientes resoluciones de las Naciones de Unidas:

En relación con las especies de fondo fueron decididas actuaciones en cuatro campos: reunir la información sobre las actividades pasadas y presentes en aguas profundas, hacer el inventario de las poblaciones de aguas profundas y una evaluación de los efectos de la pesca en las poblaciones de peces de aguas profundas y sus ecosistemas, la convocatoria de reuniones técnicas para elaborar un código de directrices técnicas, el examen del marco jurídico necesario para respaldar la gestión de pesquerías de aguas profundas.

En relación con las zonas de protección marina

El Comité recomendó que FAO elaborara directrices técnicas sobre la creación, la aplicación y el ensayo de Zonas Marinas protegidas

En relación con el enfoque del ecosistema marino a aplicar en la gestión de pesquerías,

La FAO adoptó en el 2003 unas directrices para la aplicación del enfoque del ecosistema marino al ordenamiento de los recursos

EL COFI pidió a la FAO que al revisar las directrices técnicas para la aplicación del enfoque del ecosistema marino al ordenamiento de los recursos examinane las medidas apropiadas para regular las prácticas pesqueras destructivas.

La conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina debe ser una preocupación y un objetivo ya sea dentro o fuera de las 200 millas en función de la extensión de la plataforma continental.

Por lo que respecta a la actividad pesquera hay que tener presente que en las Zonas Económicas Exclusivas se registra el 95% de las capturas con arrastre de fondo y que los países afectados son muchos, mientras que en la alta mar hay muy pocos países participantes.

Actuaciones españolas

En España, una de las políticas más sólidas y más queridas es la referida a la protección de espacios marinos, y quisiera hacer alusión a ella. La Ley de Pesca Marítima del Estado contempla entre los cinco pilares en los que se sustenta la política de pesca marítima, Medidas de protección y regeneración de los recursos pesqueros.

Hace más de 25 años que en España se hace en seguimiento científico de las actividades que se llevan a cabo en la ZEE para proteger los arrecifes de coral de aguas profundas y en general para evitar daños duraderos o irreparables en el hábitat de aguas profundas. Entre las medidas más destacadas para la protección de ciertos ecosistemas, cabe señalar el establecimiento de nueve reservas marinas a lo largo del litoral.

Además hemos exportado nuestro modelo por vía de la cooperación promoviendo la creación en 1999 de la Red Iberoamericana de Reservas Marinas, hoy integrada por seis países que gestionan 32 espacios marinos protegidos.

Situación en la alta mar

Hoy es más fácil sentar las bases para la conservación de la biodiversidad en la alta mar, partiendo de los avances ya realizados en las ZEEs y también en la misma alta mar como es en el caso de la zona antártica, donde se definen y están reguladas Areas antárticas especialmente protegidas y Areas antárticas de ordenamiento especial.

Los principios para enfocar el establecimiento de zonas temporales de protección marina quedaron reflejados en el texto de la Resolución de NN.UU :

«Es necesario reforzar la cooperación científica y ampliar sus objetivos para además de adoptar medidas nacionales, considerar el establecimiento de prohibiciones temporales en zonas determinadas de los fondos marinos más allá de la jurisdicción nacional, en razón de su especial vulnerabilidad y sobre la base de un análisis caso por caso.»

De las muchas actividades que se realizan en el medio marino, y que por lo tanto inciden en su biodiversidad, la actividad pesquera es de las pocas que tiene un marco definido que permite adoptar medidas reguladoras. En estos momentos lo que sucede es que en algunos océanos faltan por constituir o ultimarse el proceso de constitución de ORPs o Arreglos regionales de ordenación pesquera, problema al que tiene que dar respuesta la Comunidad internacional.

El principio de libertad de pesca en alta mar está contemplando por el derecho internacional, el cual también contempla las obligaciones que han de cumplir los estados en el ejercicio de sus derechos.

Por otra parte, la FAO hace más de diez años que ha venido adoptando códigos y planes de acción para regular el ejercicio de la pesca: el Acuerdo para promover el cumplimiento de las medidas internacionales de conservación y ordenación por los buques pesqueros que pescan en alta mar; el Código de conducta para la Pesca responsable; y los Planes de acción internacionales para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal no declarada y no reglamentada, para reducir las capturas incidentales de aves marinas en la pesca de palangre, para la conservación y ordenación de tiburones y para la ordenación de la capacidad pesquera.

En cuanto a las actividades pesqueras, con respecto a las zonas de alta mar no reguladas aun por una organización regional de pesca o un Arreglo regional, España considera que las actuaciones que la Comunidad internacional ha de adoptar son:

sobre la base de la información científica existente, identificar las áreas de los océanos donde se encuentran ecosistemas vulnerables como montañas submarinas o arrecifes de coral de agua fría

como medida precautoria suspender temporalmente las prácticas pesqueras destructivas para los ecosistemas marinos vulnerables.

En cuanto a las actividades extractivas no pesqueras con incidencia negativa en los ecosistemas vulnerables, la Comunidad internacional debería comprometerse como medida precautoria en suspender las mismas.

Reflexiones sobre Organización de Pesquerías del Atlántico Noroccidental; Conferencia de Terranova del 1 al 5 de mayo de 2005.

Los Estados costeros ricos en recursos pesqueros se han debatido históricamente entre los actos unilaterales de jurisdicción rampante y el multilateralismo. Es conocido que en un país como Canadá se sigue dando este juego dialéctico en el sector de la pesca y es sorprendente comprobar que en el resto de la actividad política de Canadá predomina la opción multilateralista.

Para España sigue estando muy presente el apresamiento del buque pesquero «Estai» en aguas de Alta Mar, en la zona de regulación de la NAFO. Se ha trabajado muchos años entre los Gobiernos de España y Canadá para cerrar las heridas de este desdichado incidente. Se reconoce de forma general que a raíz del caso del «Estai» en 1994, y del Acuerdo con la UE las cosas mejoraron sensiblemente: se han erradicado las objeciones en el procedimiento de adopción de decisiones, se trabaja arduamente por el consenso, se han reforzado los sistemas de control, observadores a bordo de todos los barcos, fuertes medidas de inspección y sanción, etc. Una mejora en la capacidad de análisis científico ha supuesto además una gran solidez y rigor en las medidas de conservación y gestión adoptadas.

Lamento por todo ello, que se siga produciendo todavía una recurrente crítica contra NAFO, organización a la que se acusa de no funcionar y de haber defraudado las expectativas creadas.

Canadá mantiene un pulso con España desde hace muchos años por la pesquería de fletán negro en las aguas de NAFO. Por otro lado, el colapso de la pesquería de bacalao ha supuesto una grave frustración para todos los países participantes en esta pesquería histórica y la Unión Europea recrimina todos los años a Canadá que siga estableciendo unilateralmente una cuota de capturas de bacalao en sus aguas jurisdiccionales en contra de los dictámenes científicos.

Esta situación se ha dado a pesar de que en mayo de 2001, España y Canadá -durante la visita del Presidente del Gobierno de España a Canadá- alcanzaron un compromiso de reconocerse la capacidad para ejercer el control y supervisión de sus barcos con el fin de que cumplieran las medidas de conservación y gestión en alta mar.

En España se percibe este debate desde el escepticismo y la incomprensión, ante las reclamaciones de un país que dispone de la gran parte de cuotas pesqueras, por aplicación de los criterios de asignación de Estado costero, capturas históricas y por poseer casi todas las aguas de las pesquerías en el interior de su Zona Económica Exclusiva. En definitiva, los barcos de pesca no canadienses operan en menos del 10% de la plataforma del Gran Banco y se les acusa de ser responsables de sobreexplotación.

En esta tensión constante, surgen ideas nuevas y preocupantes como la denominada «Custodial Management» o el ejercicio de custodia, que podría resumirse diciendo que si NAFO no hace lo que uno quiera, simplemente se asumen las competencias de la Organización.

Creemos que si una acción como esta es tomada, podría oponerse ante la ley internacional y extinguir NAFO, basado en falsas suposiciones. Nosotros, por tanto, deseamos expresar nuestras fuertes reservas políticas y legales sobre esa línea de acción y deseamos sensibilizar a todos los miembros de NAFO a ese respecto.

El Área de Regulación de NAFO se trata, por definición, de aguas internacionales, para las cuales a esta Organización se les ha conferido competencia, una custodia que no debe ser disminuida, más bien al contrario, reforzada por los Miembros. La UE tiene un gran compromiso con el trabajo de NAFO y con el apoyo a las medidas de conservación y gestión (conservation and management) de los recursos pesqueros en el Área de NAFO. Creemos que todos los miembros de NAFO deben, igualmente, apoyar este objetivo común.

A este propósito, la Unión Europea propuso el pasado año un plan de 15 años para la recuperación del Fletán Negro. Este plan supuso un cambio sin precedentes acorde al dictamen científico del 2002-2003. Tomamos la iniciativa de proponer este plan a pesar que era nuestra propia flota la que se veía obligada a hacer un gran sacrificio reduciendo significativamente sus capturas para el año 2004, en comparación con las del 2003. Quiero señalar que esta drástica medida, sin precedentes en su severidad en términos de gestión de pesquerías, continuará requiriendo un intenso esfuerzo en los siguientes años.

El hecho de que las Partes Contratantes de NAFO apoyaran nuestra propuesta, nos obliga a nosotros mismos a una reducción importante de capturas durante varios años, por lo que queda suficientemente demostrado que NAFO puede y debe adoptar acciones decisivas y que no se trata de un «tigre desdentado». Desgraciadamente, este hecho se ignora por los medios de comunicación, que siguen la consigna de cuestionar las actividades de esta Organización.

La adopción del Plan de Recuperación, demuestra firmemente la determinación de los miembros de NAFO a tomar enérgicas acciones y no repetir pasadas equivocaciones de otros stocks clave cuyas especies se encuentran en moratoria en este momento.

Debería, por tanto, ser el objetivo de esta Organización, el clarificar ante la Comunidad Internacional y ante los medios de comunicación que su objetivo es cumplir su mandato y asegurar una gestión sostenible de nuestros stocks. Necesitamos una mejor imagen internacional que asegure que el trabajo de NAFO sea ampliamente entendido.

Me gustaría llamar la atención sobre un reciente debate que corre el riesgo de minar el plan de Inspección de NAFO. Es conocido, que la visión de la Unión Europea y la de Canadá difieren en lo concerniente al status adoptado por el Plan de Inspección de NAFO por lo que respecta a lo previsto en el Acuerdo de Naciones Unidas sobre pesquerías de 1995. Canadá ha expresado claramente que, a su juicio, el plan de NAFO no es coherente con dicho Acuerdo y por ello, Canadá se reserva el derecho a aplicar el Acuerdo respecto de las otras partes contratantes de NAFO que lo han ratificado, aunque esto implique acometer acciones que no respeten lo dispuesto por NAFO. En particular, esto implicaría el derecho del estado que inspecciona, bajo ciertas circunstancias, a traer a un barco a puerto, sin el consentimiento del estado de pabellón.

A pesar de estas propuestas unilaterales, se impone en los foros internacionales el trabajo conjunto de todos los Estados interesados en la conservación de los ecosistemas marinos, independientemente de que se trate de bacalao, ballenas, fletán o focas.

No es sino el reconocimiento de los beneficios de la vía multilateral en un mundo interdependiente en el que todas las naciones responsables conocen el precio de no actuar en consideración de los intereses y concepciones de los demás. Las Organizaciones Regionales de Pesca son un modelo único en las relaciones internacionales. Son en definitiva foros entre delegados nacionales cuyas decisiones tiene efectos inmediatos sobre el empleo y el rendimiento empresarial de las naciones implicadas. La capacidad de los Estados en aplicarlas con eficacia depende en gran medida de su consenso, de su rigurosidad técnica y científica, en un medio, el marino, del que todavía se desconoce mucho.

Desde España se propone que no nos dejemos atraer por tentaciones unilaterales y sigamos perseverando por la estricta aplicación del Derecho del Mar vigente y los pasos que vamos dando por la sostenibilidad y la conservación de la biodiversidad de los mares.

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