ASOPROVAC se congratula por esta Resolución que considera fruto del trabajo realizado por la misma ante diversas instancias administrativas y que concluye que “los importes de esta prima percibidos por los ganaderos a lo largo de los tres ejercicios regularizados 2003, 2004 y 2005, no reúnen ninguno de los requisitos exigidos para considerarlos integrantes del volumen total de ingresos computables, pues ni se establecen en función del volumen de las operaciones realizadas, ni con anterioridad a su realización”.
La Asociación, que trabaja en pro de los intereses de los ganaderos de vacuno de carne, siempre ha defendido el hecho de que las primas al sacrificio de bovinos no son ayudas vinculadas al precio de la carne como herramienta para promocionar el consumo, sino que tienen por objetivo proporcionar una renta equilibrada a la población agrícola, por lo que las mismas no son ayudas vinculadas a precio y, por tanto, no deben integrar la base imponible del IVA.
Por otra parte la inclusión de esta prima dentro de la base imponible del IVA supone un claro agravio comparativo con las producciones de bovinos del resto de países comunitarios como Francia o Irlanda, entre otros, dónde las primas por sacrificio de bovinos no computan a efectos de IVA.
La citada Resolución aclara definitivamente la situación creada en algunas zonas de España, donde se estaba reclamando indebidamente a los ganaderos por este concepto, dando la razón a los postulados que había venido manteniendo ASOPROVAC desde hace cinco años.
ASOPROVAC