La ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa ha comparecido hoy ante el Senado, para responder a la pregunta oral presentada por Josep Mª Batlle, senador del Grupo Entesa Catalana de Progres, sobre las medidas que está impulsando el gobierno, en coordinación con las Comunidades Autónomas (CC.AA.) para intensificar de forma eficaz la lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky, en el ganado porcino de las explotaciones ganaderas españolas.
Desde que se establecieron las bases del programa coordinado de lucha de la citada enfermedad, en 2003, se han identificado determinados puntos críticos sobre los que es necesario reforzar las actuaciones. Uno de los objetivos que se persigue es conseguir la inclusión de España en lo que se denomina por parte de la Comisión Europea «Territorios con Programa aprobado», para lograr así evitar las trabas sanitarias para las exportaciones de porcino y sus productos, tanto en el ámbito comunitario como con países terceros.
Es por ello que en este momento está en trámite de aprobación una modificación de la normativa de 2003, en lo relativo, en primer lugar, al establecimiento de una calificación sanitaria de las explotaciones, de tal manera que en el año 2005 se conozca la situación de todas las explotaciones de porcino.
En segundo lugar se trata de recoger la clasificación de las comarcas veterinarias en «comarcas de alta prevalencia», «comarcas de baja prevalencia» y «comarca libre». Esta información servirá de base para la aplicación de medidas para el control de movimientos.
En tercer lugar, además del control serológico obligatorio en el cien por cien de las granjas reproductoras, que ya está contemplado, a partir de 2005, se realizará este control en el cien por cien de los cebaderos independientes. Asimismo se establece, también, este control para los animales de cebo de las explotaciones de ciclo completo que hayan tenido un resultado positivo en el control anual.
En cuarto lugar, a partir de 2005, se establecerán restricciones en lo relativo al movimiento de animales desde granjas ubicadas en comarcas de alta prevalencia hacia granjas en comarcas de baja prevalencia.
Además, en las granjas calificadas como indemnes, en las explotaciones ubicadas en el radio de un kilómetro alrededor de las mismas, solamente podrán entrar animales procedentes de granjas con el mismo status sanitario.
Por otro lado, a partir de julio de 2005, no se autorizarán movimientos para vida con destino fuera de la Comunidad Autónoma para las granjas con estatus sanitario desconocido, donde se detecte incumplimiento en la pauta de vacunación o granjas con reposición positiva o incumplimiento del protocolo de reposición. Y a partir de enero de 2006 no se autorizarán desde las granjas afectadas.
Otras medidas que se aplicarán serán la de la designación de un veterinario responsable para cada explotación, la implantación de un programa informático para el control y seguimiento de la vacunación, la obligatoriedad de la identificación individual de los animales reproductores.
En definitiva, según aseguró la Ministra, se va a profundizar en el desarrollo y aplicación de medidas que permitan una lucha y un control más eficaz de la enfermedad con el fin de lograr su erradicación
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