España confía mejores condiciones de la propuesta de la reforma de la Política Común de Pesca

Ha comenzado en el seno del Consejo de Ministros de Pesca de la UE, que se celebra en Bruselas, el debate sobre la reforma de la Política Común de Pesca. El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Miguel Arias, ha destacado que el documento que los Estados miembros recibieron ayer -"Compromiso de la Presidencia y de la Comisión"- no supone un paso que permita un acuerdo final satisfactorio sobre la reforma de la Política Común de Pesca.
En este sentido, el ministro ha manifestado que "supone una decepción recibir, un día antes de este Consejo, una propuesta que en algunos aspectos (como por ejemplo la regulación del fondo especial de desguace) es incluso más restrictiva que versiones anteriores".

En lo relativo a la política estructural y de flota, las ideas que se avanzan en la propuesta de compromiso no resuelven los problemas ya expuestos por España, en ocasiones anteriores, como son:

La propuesta para mantener ayudas en los casos de nueva construcción es inaplicable, a causa de los requisitos que se introducen en el documento, a saber, limitación a dos años para barcos menores de 100 GT y con aportación de un 70% suplementario de retirada de capacidad. Estas medidas carecen de lógica, si se tiene cuenta que se mantiene la posibilidad de construir nuevos barcos sin reducción adicional de capacidad, cuando no se conceden ayudas. Esto supone un tratamiento discriminatorio contra aquellas regiones que obtienen ayudas por motivos de cohesión, que verán reducida su capacidad pesquera con relación a las regiones más ricas.

Sigue sin establecerse ningún tipo de medida que permita que los Estados miembros que han cumplido con creces las reducciones de capacidad establecidas en los POPs puedan beneficiarse por ello. La propuesta supone la eliminación inmediata de los réditos obtenidos por los Estados miembros cumplidores, que se sitúan a la misma altura que aquéllos que no han cumplido sus objetivos de reducción.

Siguen sin mantenerse las ayudas a la constitución de sociedades mixtas y exportación, reiteradamente defendidas por varios Estados miembros por sus efectos beneficiosos. Tampoco se modifican las restricciones propuestas para las paralizaciones temporales de pesca, que nos parecen insatisfactorias.

Los cambios al reglamento de fondos adicionales para desguace son negativos, y lo hacen inaplicable, ya que, por un lado sólo pueden beneficiarse aquellos buques afectados por planes de recuperación, de los que aún no existe ninguno, y se premia aquél Estado miembro que sea más rápido en la presentación de sus solicitudes, lo que implica una carrera por las subvenciones que elimina completamente el necesario carácter objetivo a la hora de conceder ayudas.

En relación con la propuesta sobre conservación y gestión de recursos, España sigue rechazando la aplicación simultánea de la gestión por TAC y esfuerzo pesquero en cualquier tipo de modelo de gestión (plan de recuperación, o planes de gestión).

La Comisión insiste en la posibilidad de establecer medidas de emergencia cuya vigencia máxima puede extenderse a 12 meses, período que excede con mucho el plazo habitual de aprobación de las propuestas legislativas. Por ello, el texto actual del compromiso equivale a una delegación de facto de competencia del Consejo a la Comisión, que precisamente, se pretendía evitar con la supresión del antiguo artículo 6 de la propuesta.

En el ámbito del control España sigue manteniendo firmemente que la función de la Comisión es vigilar que las autoridades de control de los Estados miembros cumplen con su deber de asegurar el cumplimiento de la normativa comunitaria. Por lo tanto España sigue rechazando la posibilidad de inspecciones directas de la Comisión sin la presencia de inspectores nacionales.

Del mismo modo, España rechaza la posibilidad generalizada de que las autoridades de inspección de un Estado miembro puedan ejercitar sus funciones de autoridad en aguas sometidas a jurisdicción de otro Estado miembro o en alta mar, sin consentimiento de éste último, por ser todo ello contrario a las normas generales del Derecho del Mar. Se está a favor, en cambio, de profundizar en la cooperación voluntaria entre los Estados miembros en éste y otros aspectos del control.

La participación comunitaria en los programas de control establecidos por organismos regionales de pesca, en los que la Comunidad Europea sea parte contratante, debe seguir siendo ejercida y financiada por la Comisión.

Las fechas propuestas para la extensión del sistema de localización de buques por satélite no son realistas y supondrán un esfuerzo financiero y administrativo muy considerable para España y otros Estados miembros. Esto último justificaría la puesta a disposición de los Estados miembros, una vez se acuerde un ritmo de extensión del sistema VMS más razonable, de medios financieros suficientes, a través de una línea específica de financiación de gastos de control, y no desviando fondos IFOP cuya finalidad es bien diferente.

Por último, en relación con la finalización del período transitorio y la plena integración de la flota española en la política comunitaria de pesca, el ministro Arias ha mostrado su insatisfacción ante lo que ha considerado como dejación grave en la aplicación de los pilares básicos del derecho comunitario. La Comisión debería reconocer el fin de la vigencia de todas aquellas disposiciones que constituyen una discriminación contra España por razón de nacionalidad, la violación más grave que puede tener lugar contra los tratados constitutivos de la Comunidad. En este momento España no renuncia al acceso en condiciones de igualdad con los demás Estados miembros a todas las aguas y recursos comunitarios.

En conclusión, el ministro Arias ha destacado la necesidad de que la Presidencia y a la Comisión reflexionen sobre la medida en la que la propuesta lleve a un resultado satisfactorio para todos y, que sean conscientes al mismo tiempo de que todos los Estados miembros estamos implicados en el mismo grado en la consecución de ese objetivo.

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