- Compra-venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a un agricultor no profesional.
- Compra-venta o cesión definitiva de derechos sin tierra a agricultor profesional.
- Compra-venta o cesión definitiva de derechos con tierra en caso de venta parcial de la explotación.
- Compra-venta o cesión definitiva de todos los derechos especiales de un productor.
- Compra-venta o cesión definitiva de derechos asociada a una finalización de un arrendamiento de tierras.
- Arrendamiento de derechos con tierra.
- Compra-venta o cesión definitiva de derechos con tierra en caso de venta de toda la explotación del cedente.
- Compra-venta o cesión definitiva de derechos a un agricultor que inicia la actividad agraria.
Por tanto, los agricultores que hayan cedido o deseen ceder sus derechos de pago único, debían notificarlo a la mayor brevedad posible a la autoridad competente correspondiente, teniendo en cuenta los criterios establecidos a tal efecto en la normativa comunitaria y nacional.
Para los tipos de cesiones que implican un cambio de titularidad de los derechos de pago único producido por motivo de herencias, fusiones o escisiones, cambios de personalidad jurídica y jubilaciones o programas de cese anticipado en los que el cesionario de los derechos es un familiar de primer grado del cedente, el plazo para la comunicación de las mismas finaliza el próximo 30 de abril, a la vez que lo hace el plazo para la presentación de la solicitud única 2008.
La diferencia entre estos dos grupos de cesiones en cuanto al plazo para la comunicación de las mismas deriva de la necesidad que tiene la administración, de comprobar que se cumplen todos los requisitos para que la cesión pueda ser aceptada.
Esa comprobación debe realizarse antes de que pasen 6 semanas tras la comunicación, de tal manera que el cesionario de los derechos pueda presentar su solicitud única de la campaña 2008 con la seguridad de que la cesión ha sido admitida, y que puede incluir sus nuevos derechos de pago único en la misma.
En el “Informe sobre las cesiones de derechos de pago único en España en la campaña 2007” publicado en la página web del FEGA se detallan los derechos cedidos en dicha campaña clasificados por tipo de cesión y por Comunidad Autónoma.
En dicho informe se puede observar que de los 864.078 beneficiarios del Régimen de Pago Único 37.083 realizaron un total de 44.226 cesiones en 2007 por un importe global de 120.588.236 euros, lo que supuso, aproximadamente, alrededor de un 3,5% del importe total de los derechos de pago único establecidos en España (3.523.146.384 euros) en la campaña 2006.
Del total de cesiones realizadas, el 80 % correspondió a compra-ventas o arrendamientos, cesiones cuyo plazo de comunicación en la campaña 2008 finalizó el 19 de marzo, mientras que el restante 20 % fueron cambios de titularidad semejantes a aquellos cuya comunicación, para la campaña 2008, finaliza el próximo día 30 de abril.
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