GESLIVE confirma que producir Nadarcott sin licencia está tipificado como delito

Nota de GESLIVE
Ante las recientes opiniones publicadas en algunos medios de comunicación en nombre de Fecoav, GESLIVE considera imprescindible efectuar las siguientes aclaraciones:

1.Quien se sirve de la variedad debe satisfacer los correspondientes derechos del titular. Pretender lo contrario es desconocer el sistema de concesión de derechos de exclusiva y su ejercicio por parte del legítimo titular de la misma; por mucho que, en este supuesto, el transcurso del tiempo entre la solicitud y la concesión o el hecho de la novedad que suponga el reconocimiento de este derecho sobre una variedad citrícola, pueda no ser del agrado de quienes hasta la fecha se han servido de ella libremente a sabiendas del derecho que sobre la misma se reclamaba.

2.La mera interposición de una demanda y su admisión a trámite no debe identificarse con el triunfo de la misma. El hecho de haber formulado una demanda no conlleva necesariamente la nulidad de tales contratos o la obligación de Geslive de tener que devolver las cantidades cobradas en su virtud. Serán los Tribunales de Justicia los que deban resolver esta cuestión.

3.S.A.R.L. NADORCOTT PROTECTION es el titular del derecho a la variedad vegetal Nadorcott desde el 4 de octubre de 2004, fecha de su concesión, teniendo en cuenta los derechos que de ello se derivan desde la fecha de la publicación de la solicitud.

4.Recordar que el recurso formulado ante la sala de recursos de la OCVV frente a dicha resolución fue desestimado porque el recurrente no disponía de legitimación para ello.

5.El titular del derecho, el obtentor, ejerce legítimamente –a través de Geslive- todas aquellas facultades que integran su derecho en exclusiva, entre las que se encuentra formular las acciones que estima oportunas para ello, civiles y penales, frente a quienes lesionen o hayan lesionado su derecho, sin ceder a la presión de quienes intentan que el titular de un derecho renuncie a lo que el mismo le concede.

6.Por tanto, Geslive continuará adoptando todas aquellas medidas legales que considere oportunas con la finalidad de proteger los derechos del titular de la variedad tanto frente a quienes produjeron la variedad en el periodo desde la publicación de la solicitud hasta su concesión, como frente a quienes la siguen explotando con posterioridad.

7.La actuación no sólo defiende los derechos del obtentor sino también los de todos aquellos productores, envasadores, distribuidores, etc. que cumplen fielmente con sus obligaciones, habiendo obtenido la correspondiente licencia y pagado los debidos cánones por ello.

GESLIVE

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