El royaltie aplicado a la variedad es inferior al aplicado en otros países, y está en consonancia con la alta rentabilidad de la misma.
· La creación de una supuesta asociación de objetores no posibilita el incumplimiento de la legalidad vigente.
Ante las noticias transmitidas por algunas organizaciones, informando de una supuesta “rebelión” de los citricultores valencianos contra el pago de un canon por la variedad “Nadorcott”, GESLIVE, como entidad encargada por su titular de la gestión y defensa en España de sus derechos, desea efectuar las siguientes aclaraciones:
1. Tras la decisión adoptada el 8 de noviembre de 2005 por la Cámara de Recursos de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV), la variedad de mandarino “Nadorcott” se halla protegida a todos los efectos legales, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento CE nº 2100/94, de 27 de junio, relativo a la protección comunitaria de obtenciones vegetales. Por ello, todo acto de explotación de la variedad “Nadorcott” efectuado tras la confirmación de su protección está sujeto a la previa licencia del titular de los derechos, independientemente de cual sea la fecha de plantación, de la situación de regularización en que tales plantas se hallen y de las responsabilidades consiguientes en que pudiera haberse incurrido por los actos cometidos con anterioridad a la efectiva concesión de la protección.
2. GESLIVE alcanzó, a finales del año 2004, acuerdos de regularización con la gran mayoría de productores españoles que mantenían en explotación plantas de la variedad ‘Nadorcott’ sin la previa autorización de su titular. En virtud de tales acuerdos, todos los productores regularizados accedieron a las correspondientes licencias que permiten la continuación de la explotación de la variedad por todo su período de protección.
3. La variedad “Nadorcott” presenta cualidades específicas que le permiten ofrecer una alta rentabilidad y valor añadido para productores y comercializadores, en relación con la mayoría de las restantes variedades de cítricos. El canon o royalty establecido por el titular para autorizar a los productores españoles su explotación se halla en consonancia con ese valor añadido y con los precios medios percibidos durante las últimas campañas. Dicho royalty es, además, casi un 50% inferior al abonado por licenciatarios de otros países. En estas circunstancias, pretender tomar como punto de comparación los royalties medios (entre 0,5 y 1,5 € por planta) aplicados a otras variedades cuyo precio medio en el mercado es cuatro veces inferior al de la “Nadorcott” es improcedente.
4. Las noticias relativas a la creación de una supuesta asociación de citricultores para oponerse al pago de royalties por la producción y comercialización de la variedad “Nadorcott” resultan, como mínimo, llamativas. En un Estado de Derecho como el español, todos los ciudadanos están sujetos a la ley, no pudiendo oponer ante la misma más acciones o recursos que los previstos por el propio ordenamiento jurídico. La FECOAV puede, si lo así lo desea, sostener sus pretensiones por medio de los recursos que procedan. Pero, hasta que una resolución judicial no ordene lo contrario, la variedad “Nadorcott” se halla legalmente protegida por derechos de propiedad industrial que las autoridades europeas han examinado, re-examinado y finalmente ratificado, y que deben ser respetada por todos, sin que quepan en ninguna forma “rebeliones” basadas en opiniones subjetivas e interesadas.
5. En opinión de GESLIVE, tal asociación de “opositores” a un derecho de propiedad legalmente en vigor no persigue más que intereses puramente comerciales, y carece, además, de la representatividad general del sector citrícola que sus impulsores pretenden unilateralmente atribuirse. Hemos manifestado que una mayoría de productores se hallan ya regularizados y en posesión de licencias de explotación de la variedad “Nadorcott”. Cabe añadir que tales productores han venido manteniendo una comunicación regular con GESLIVE, y decidido la constitución de una asociación para la defensa colectiva de sus derechos, especialmente dirigida a asegurar el respeto a sus derechos exclusivos sobre la variedad que permita mantener su valor añadido. Que un grupo reducido de citricultores que o bien no poseen la variedad (y pretenden acceder a ella sin respetar los derechos de su titular), o pretenden continuar explotándola sin abonar una retribución equitativa y proporcional a su verdadero valor comercial, manifiesten públicamente su intención de no respetar la ley es, a juicio de esta agrupación, un hecho grave de intentar incumplir la ley.
6. En todo caso, GESLIVE está desarrollando durante la presente campaña numerosas acciones a fin de asegurar el respeto a los derechos que sobre la variedad “Nadorcott” ostentan el titular y todos los productores bajo licencia. Tales acciones se concretan en:
a. La localización de parcelas no autorizadas en las que se hallen plantados y en explotación mandarinos de la variedad.
b. La utilización de una etiqueta específica que garantiza la trazabilidad y origen legítimo de la fruta en el mercado.
c. El control en los mercados de destino a fin de detectar posibles partidas de fruta procedentes de productores no autorizados.
En todos los casos detectados de explotación ilegítima de la variedad “Nadorcott”, la agrupación ha iniciado ya las acciones legales pertinentes, a fin de hacer cesar tales actos en violación de los derechos de propiedad industrial y exigir las indemnizaciones procedentes por los daños y perjuicios causados. Cabe destacar la colaboración recabada de numerosos operadores españoles y europeos, que están rechazando todas las partidas de fruta no controlada y/o que no pueden acreditar su origen legítimo
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