El nuevo derecho propuesto preserva el nivel actual de acceso al mercado para los miembros de la OMC exportadores de plátanos a la UE en las condiciones del sistema de nación más favorecida de la OMC. La Comisión ha procedido a esta notificación a la OMC en los términos acordados en Doha en 2001, términos solicitados expresamente por los países exportadores latinoamericanos y que contemplan la posibilidad de un arbitraje sobre la cuantía de los aranceles. La CE mantendrá una preferencia por los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP), en el estricto cumplimiento de las obligaciones y los compromisos de la UE con todas las partes interesadas.
La Comisión también acoge con satisfacción como elemento nuevo y positivo los esfuerzos de los Presidentes de los países exportadores latinoamericanos por fomentar su cooperación y su disposición a hablar del asunto con la UE. La Comisión se propone intensificar su diálogo con estos países de manera positiva y constructiva. A la Comisión le gustaría hacer hincapié en que la notificación de sus intenciones a la OMC constituye un trámite ineludible que no impide un compromiso constructivo con los países exportadores.
«La Comisión se ha comprometido sin reservas a respetar los términos del acuerdo sobre plátanos aprobado por consenso en Doha en 2001. Estos términos, que disponen el paso a un régimen exclusivamente arancelario para el 1 de enero de 2006 y contemplan el recurso a un arbitraje independiente sobre la cuantía de los aranceles, los solicitaron expresamente los países exportadores latinoamericanos. El régimen comunitario de importación de plátanos cambia, sin aumentar el nivel de protección. El nuevo arancel propuesto se basa en datos objetivos y en un método de cálculo de los equivalentes arancelarios reconocido en los textos de la OMC. Creo que estas cifras y método nos han permitido salvaguardar los intereses, a veces en conflicto, de nuestros consumidores, productores y socios comerciales», ha declarado Mariann Fischer Boel, Comisaria de la UE de Agricultura y Desarrollo Rural.
Peter Mandelson, Comisario de Comercio de la UE, ha declarado, por su parte: «Seremos fieles a nuestras obligaciones internacionales y actuaremos de manera justa y transparente, lo que redunda en interés de todos los miembros de la OMC, en mi opinión.
El calendario acordado en la OMC nos obliga a implantar un régimen exclusivamente arancelario a más tardar el 1 de enero de 2006. Tenemos que notificar ahora a la OMC nuestra propuesta para poder respetar esa fecha».
El nuevo derecho de aduana propuesto y el método de la OMC en el que se basa se ha debatido a fondo con los cuatro países exportadores latinoamericanos de plátanos que tienen el derecho a negociar con la UE la modificación de su régimen de importación de plátanos conforme a lo dispuesto en el artículo XXVIII del GATT. La Comisión confía en que los procedimientos de exención de la OMC sirvan para resolver este problema.
La exención de la OMC en favor del Acuerdo de Cotonú entre la UE y los países ACPl, acordada en Doha por todos los miembros de la OMC, contempla la posibilidad de que los miembros de la OMC exportadores de plátanos a la UE en condiciones de nación más favorecida puedan solicitar un arbitraje sobre la cuantía del derecho de aduana propuesto. El derecho NMF actual sobre los plátanos asciende a 680 euros por tonelada. Con arreglo al régimen transitorio ahora vigente, los plátanos procedentes de NMF están sujetos a contingentes arancelarios (y a un derecho contingentario de 75 euros/t).
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