Inicio del Seguro de Rendimiento en Olivar

A partir del 1 de octubre y hasta el 15 de diciembre de 2004, todo agricultor que figure como titular de la Declaración de Cultivo de Olivar, puede asegurar su explotación de secano o de regadío, en el Seguro de Rendimientos del Olivar para la campaña 2005/2006. Posteriormente es posible realizar una póliza complementaria que garantiza principalmente los daños de pedrisco, si las esperanzas reales de producción fueran superiores a las declaradas.
En el seguro de rendimientos se garantizan las perdidas en cantidad ocasionadas por cualquier adversidad climatológica que produzcan una merma en el rendimiento asegurado. Dicho rendimiento se debe ajustar en la media de la explotación al fijado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en la base de datos creada para este seguro.
Todos los asegurados que consideren que los rendimientos asignados no se ajusten a la realidad productiva de su explotación, pueden solicitar la revisión de los rendimientos aportando la documentación necesaria. Dicha solicitud debe ser presentada en Agroseguro por el tomador incluso quince días después de que finalice el periodo de contratación, es decir el 30 de diciembre de 2004.
Este procedimiento se agilizará al máximo para comunicar al agricultor su nuevo rendimiento asignado y una vez conocido podrá optar por seguir en el seguro con la consiguiente regularización del recibo a pagar o renunciar al mismo. En este caso tendráderecho al extorno completo de la prima pagada.
Esta línea de seguro se encuentra muy subvencionada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que, a través de Enesa, aporta hasta el 48% del coste neto del seguro, el cual se descuenta en el mismo momento en que se formaliza la póliza de seguro. El porcentaje de subvención que se aplica en cada caso se obtiene mediante la suma de unos porcentajes parciales que dependen de las condiciones de contratación y del propio asegurado, siendo los siguientes:

TIPO DE SUBVENCIÓN PORCENTAJES
Subvención base 22%
Subvención por contratación colectiva 5%
Subvención adicional por las características del agricultor 14%
Subvención por renovación de contrato 5% o 7% *
(*) Según se hayan asegurado en uno o dos años anteriores
Además de las subvenciones anteriores, las Comunidades Autónomas conceden
subvenciones adicionales que hacen todavía más asequible el coste del seguro.

ENESA

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