La actividad legislativa en Madrid condicionada por su fisonomía

Como Comunidad de carácter uniprovincial, con una población agraria muy inferior a la dedicada al comercio, la industria o los servicios, esta autonomía ha presentado en el I Congreso Nacional de Derecho Agrario Autonómico, que se celebra en Santiago de Compostela, las particularidades, condicionantes y retos que se han ido planteando a la hora de ir estableciendo una legislación agraria propia.

Aunque «Madrid también es campo», la actividad legislativa ha estado condicionada por su peculiar fisonomía, con 275.000 hectáreas de tierras de cultivo, de las 800.000 que tiene como superficie la Comunidad, 140.000 has de prados y pastizales y 170.000 has, de terrenos forestales, y junto a ello una población agrícola de menos de veinticinco mil personas, frente a un millón y medio dedicadas a otras actividades, y uniéndose a estos factores, la realidad de un urbanismo creciente que ha roto las fronteras de la ciudad y busca suelo rústico, problema agravado por la demanda de segunda vivienda en zonas fértiles próximas a la capital.

Frente a estos condicionantes, la legislación agraria de esta Comunidad Autónoma se ha orientado hacia la defensa medioambiental y el apoyo al sector agroalimentario. En el ámbito agroalimentario, las normativas se han basado en criterios de sustentabilidad, principio que promueve la satisfacción de las necesidades presentes, sin comprometer las necesidades de generaciones futuras, en materia de sobreexplotación de recursos, contaminación del suelo pérdida de diversidad vegetal, y en el fomento de la competitividad, con un apoyo a la modernización de equipos, a la concentración empresarial o a la internacionalización del sector.

En este sentido se han publicado, entre otras, normas para el desarrollo de las ayudas a los programas de carne de vacuno, se ha establecido el régimen de subvenciones para la utilización de métodos de producción agraria, compatibles con el medio ambiente, se han concedido ayudas a la inversión de pequeñas empresas comerciales del sector cárnico, se ha regulado la autorización y registro de los laboratorios de la Comunidad de Madrid para la realización de controles analíticos de productos alimenticios y se han concedido subvenciones a las Corporaciones Locales para la realización de mejoras permanentes de carácter agrario en zonas rurales.

Junto a estas disposiciones en defensa de la agricultura madrileña y su adaptación a las nuevas necesidades agroalimentarias, se han destacado en este Congreso tres leyes de gran importancia medioambiental para la Comunidad como son la de Vías Pecuarias, la de Evaluación Ambiental , la Ley del Suelo.

Dado que Madrid es centro geográfico peninsular, se convierte en encrucijada de grandes vías trashumantes, contando con 4000 kilómetros de vías pecuarias, cuya conservación se ha contemplado en la Ley publicada en 1998, que comprende un plan de uso y gestión de las vías pecuarias, en la que también se promueve la defensa de la trashumancia, la modernización y diversificación de la agricultura, el fomento de la ganadería extensiva y la preservación de las razas autóctonas.

La Ley sobre Evaluación Ambiental, por otra parte, ha respondido a la creciente sensibilización sobre la necesidad de promover una gestión y tutela eficaz de los recursos naturales que ha motivado, desde hace años la adopción de medidas y la promulgación de un cuerpo normativo importante en materia ambiental, al que se han incorporado los nuevos instrumentos de la política ambiental comunitaria.

La conservación del suelo y el medio natural, ha sido recogido también en distintas normativas, en las que se ha definido el marco específico de la política territorial y urbanística, respetando la autonomía municipal para la gestión de sus propios intereses.

De esta forma ha quedado definido el contenido urbanístico del derecho de propiedad del suelo, los derechos y deberes y los principios del régimen urbanístico general para cada clase de suelo según sea urbano, urbanizable y no urbanizable de protección.

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