Estas ayudas, que revisten la forma de préstamos por un importe máximo de 30 000 000 de €, se concedieron para atenuar las consecuencias de la suspensión del mercado a raíz de una alerta sanitaria solicitada por la administración española en julio de 2001.
En julio de 2001, la administración española suspendió el mercado del aceite de orujo de oliva tras detectar en algunos aceites la presencia de determinados compuestos del grupo de hidrocarburos aromáticos policíclicos (entre otros, el benzopireno, que es un producto carcinógeno).
A falta de legislación específica sobre este tema, las autoridades españolas aprobaron una Orden por la que se establecen límites de determinados hidrocarburos aromáticos policíclicos en aceite de orujo de oliva. Los productores se vieron obligados a retirar todo el aceite de orujo de oliva del mercado y enviarlo para que fuera refinado de nuevo con el fin de eliminar cualquier rastro de hidrocarburos aromáticos policíclicos. El coste sufragado por la industria para adaptarse a estas nuevas cualificaciones fue muy elevado.
Las autoridades españolas decidieron conceder una ayuda para financiar el ajuste del proceso de producción a las nuevas especificaciones establecidas en la Orden. Esta ayuda estatal se plasmó en préstamos que ascendías a un máximo de 30 000 000 de € con un tipo de interés (tres puntos porcentuales) subvencionado por el Ministerio de Agricultura, que también podía subvencionar las garantías para esos préstamos. Los préstamos tenían una duración de un año y su importe variaba en función del beneficiario.
La Comisión ha llegado a la conclusión de que esta ayuda es compatible con el Tratado en la medida en que facilitó el desarrollo de actividades económicas en el sector del aceite de orujo de oliva.
Comisión Europea