La Comisión Europea multa a empresas del mercado español del tabaco crudo

La Comisión Europea ha impuesto multas a cinco empresas que operan en el mercado español de transformación de tabaco crudo por un total de 20 millones de € por acordar los precios pagados y las cantidades compradas a los cultivadores de tabaco en España. Las empresas sancionadas son Compañia Española de Tabaco en Rama (Cetarsa), Agroexpansión, World Wide Tobacco España (WWTE), Tabacos Españoles (Taes) y Deltafina, un procesador italiano de tabaco que también es el principal comprador de tabaco en España. La Comisión impuso asimismo pequeñas multas a los cultivadores de tabaco por participar en negociaciones colectivas de precios.



«El sector agrícola no goza de inmunidad frente a las normas de competencia. La conducta de las empresas españolas y de Deltafina no está amparada por la Política Agrícola Común y además infringe la normativa de la UE que prohíbe los acuerdos de fijación de precios y otras conductas restrictivas de la competencia» manifestó Mario Monti, Comisario de competencia.



De 1996 a 2001, Cetarsa, Agroexpansión, WWTE y Taes, es decir, todo el sector transformador de tabaco en España, junto con Deltafina, fijaron los precios que pagarían a los cultivadores y se repartieron las cantidades de tabaco crudo que cada una compraría cuando se realizase la entrega del producto.



«… Todo el mundo queremos la paz… un acuerdo de precios no es posible sin acuerdo de cantidades» escribió WWTE a Deltafina en 1997, según un documento que figura en el expediente de la Comisión. El cartel de los transformadores se perfeccionó en 1998 mediante un sistema sofisticado de intercambio de información y de cesiones obligatorias de tabaco.



Durante el citado período, los sindicatos que representan a los cultivadores de tabaco españoles (ASAJA, UPA, COAG y CCAE[1]) acordaron entre sí unas horquillas de precios y unos precios mínimos que negociarían posteriormente con los transformadores de tabaco para incluírlos en los «contratos de cultivo», los cuales ofrecen un marco general de precios que se utiliza posteriormente al momento de la entrega del tabaco para fijar el precio final.



La conducta de todas estas empresas no puede ampararse en la organización común del mercado en el sector del tabaco crudo de la Unión Europea.

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