La Comisión Europea ha adoptado una nueva normativa sobre las ayudas estatales al sector pesquero, mediante la cual se ajusta la política de ayudas estatales a la Política Pesquera Común reformada adoptada en diciembre de 2002. También simplifica la concesión de ayudas por los Estados miembros, cuando resulte improbable que la ayuda ponga en peligro la conservación de las especies o distorsione la competencia. Las nuevas normas contemplan una exención por categorías para determinados tipos de ayuda que ya no tendrán que ser notificados y aprobados por la Comisión antes de su ejecución por los Estados miembros. Las ayudas no cubiertas por esta exención tendrán que seguir notificándose a la Comisión, que las evaluará según unas directrices también adoptadas hoy. Las nuevas normas se ajustan a las condiciones que rigen la concesión de ayudas de la UE en virtud del instrumento financiero de orientación de la pesca (IFOP). Se aplicarán a partir del 1 de noviembre de 2004
Franz Fischler, Comisario de Agricultura, Desarrollo Rural y Pesca, ha declarado: «Se trata de una normativa equilibrada y coherente que establece unos procedimientos más simples y rápidos garantizando al mismo tiempo el control necesario para asegurar el cumplimiento de las normas».
Exención por categorías
Las medidas afectadas por la exención por categorías se refieren a ayudas que seguramente no pondrán en peligro la conservación de las especies ni distorsionarán la competencia de manera contraria al interés de la UE y que, por tanto, nunca han dado lugar a procedimientos de investigación por la Comisión. Las ayudas correspondientes tiene que cumplir estrictamente los criterios del Reglamento sobre la exención por categorías, que son idénticos a los que rigen la asignación de fondos de la UE en virtud del IFOP.
Entre las categorías que pueden acogerse a exención se cuentan las ayudas siguientes:
promoción y/o publicidad de productos pesqueros
agrupaciones de productores
protección y desarrollo de los recursos acuáticos
medidas innovadoras y asistencia técnica
equipamiento de los puertos pesqueros
desguace de buques de pesca
medidas socioeconómicas
inversiones en la transformación y/o comercialización de los productos de la pesca
acuicultura y pesca en aguas interiores
así como las exenciones fiscales del combustible aplicadas de conformidad con las Directivas del Consejo sobre la fiscalidad de la energía y el IVA, en la medida en que estas exenciones fiscales constituyan ayudas estatales.
La exención por categorías se aplicará a las ayudas concedidas a pequeñas y medianas empresas (PYME) por importes inferiores a un millón de euros o a las ayudas destinadas a financiar medidas por un importe máximo subvencionable de dos millones de euros.
Para garantizar la correcta asignación de las ayudas se procederá a un control mediante una notificación previa simplificada a la Comisión de la ayuda que se vaya a conceder, publicada en Internet y en el Diario Oficial, y mediante obligaciones de presentación posterior de informes.
Notificación y evaluación de otras ayudas según unas nuevas directrices
Los Estados miembros tendrán que seguir notificando a la Comisión las ayudas no cubiertas por la exención por categorías. La obligación de notificación permanente cubre las ayudas a las flotas, las ayudas al cese temporal de actividades pesqueras y las indemnizaciones por daños debidos a catástrofes naturales o circunstancias excepcionales.
Las ayudas que superen los límites máximos fijados conforme al Reglamento de exención por categorías adoptado hoy o las concedidas a empresas que no sean pequeñas o medianas, también tendrán que seguir siendo notificadas a la Comisión y evaluadas por ésta. Para poder aprobarse, las ayudas tendrán que cumplir unos criterios fijados en las directrices y que se ajustan a los que rigen la concesión de ayudas en virtud del instrumento financiero de orientación de la pesca (IFOP)
Comisión Europea