Todos aquellos que tengan derecho a la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos deberán estar en posesión de las facturas acreditativas, debiendo conservarse esta documentación durante un período de 4 años.
Además los agricultores y ganaderos beneficiarios deberán estar inscritos en el mismo año en el que realizaron las adquisiciones de gasóleo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores en Hacienda.
Asaja recuerda que esta medida, aunque insuficiente, es la única vía que tiene el sector agrario para compensar de momento la subida de precios del carburante agrícola puesto que las medidas fiscales de reducción del 35% de la factura del gasóleo y del 15% de la factura de fertilizantes han desaparecido para el año 2010, auinque todavía no nos afecta en esta campaña de la declaración de la Renta, puesto que corresponde al año 2009.
Son medidas todas ellas que Asaja sigue reivindicando, ya que no olvida la promesa del Gobierno de establecer un Gasóleo Agrícola Profesional que aún continuamos esperando.
Es imprescindible traer:
-Facturas del año 2009 de gasóleo
-Número de cuenta corriente
-Matrículas de los vehículos
Los que lo tramitaron en Asaja el año pasado y no han cambiado ningún vehículo ni la cuenta del banco, sólo deben aportar las facturas.
Asaja Palencia