La Eurocámara respalda crear una legislación europea para proteger los suelos en los 27 países

La ponente del informe del PE, aprobado por 496 votos a favor, 161 en contra y 22 abstenciones, es la española Cristina GUTIÉRREZ (PPE-DE).

El objetivo de la directiva, sobre la que el Parlamento Europeo se pronunció en primera lectura, es establecer un marco para la protección y el uso sostenible del suelo para prevenir su degradación, en particular la provocada por la contaminación, la desertización y la erosión. Los diputados hacen hincapié en que se deben tener en cuenta las circunstancias concretas de cada zona y el uso específico que se haga del suelo en cada Estado miembro y sus regiones (enmienda 36). La propuesta de rechazar la directiva fue desestimada por 225 votos a favor, 395 en contra y 11 abstenciones.

La Eurocámara considera que la directiva no debería solaparse con la legislación en vigor, tanto comunitaria como nacional. Por eso, introduce una serie de enmiendas a la propuesta de la Comisión Europea (CE) para que los Estados puedan operar a través de planes y programas ya establecidos (11, 23 y 53).

Los diputados, a diferencia de la CE, consideran que los Estados pueden delegar en las autoridades regionales o locales para fijar zonas prioritarias, así como las medidas de protección (68).

En su intervención en el debate que se celebró el pasado lunes, la ponente subrayó que «de 27 países, sólo nueve tenían una legislación para la protección del suelo». Estos países son España, Reino Unido, Alemania, Austria, Países Bajos, Suecia, Bélgica, Dinamarca y Francia. En este sentido, «algunos Estados han hecho ya el doctorado y otros están haciendo el bachillerato», concluyó. Gutiérrez destacó asimismo que era necesario establecer «objetivos comunes y dejar la implementación y la aplicación en manos de los Estados miembros».


Identificación de los terrenos contaminados

Los diputados establecen un plazo de 25 años, frente a los 20 que había aprobado la comisión de Medio Ambiente, para que los países identifiquen los «terrenos potencialmente contaminados». Entre otros, se deberán especificar las instalaciones mineras, los vertederos de residuos y los suelos donde hayan estado ubicados establecimientos en los que se hayan usado sustancias peligrosas que puedan conllevar un riesgo importante para la salud humana o el medio ambiente.

Los Estados también deberán identificar lo suelos situados en aeropuertos, puertos y antiguas instalaciones militares donde se hayan manipulado sustancias peligrosas, los puestos de aprovisionamiento de combustible y las instalaciones industriales de limpieza en seco, así como las estaciones de depuración de aguas residuales que correspondan a una población de más de 2.000 habitantes (151).

Una vez identificados los suelos, se deberán medir los niveles de concentración de sustancias peligrosas y elaborar evaluaciones de riesgo en función del uso actual y futuro de cada terreno (144).

Cuando vaya a venderse o modificarse el uso del suelo de un terreno donde se haya realizado una de las actividades mencionadas, los Estados deberán asegurarse de que el propietario o el posible comprador informen a las autoridades competentes de la concentración de sustancias peligrosas en el suelo. Dicha información deberá proporcionarse antes de que empiece la construcción de cualquier nuevo proyecto (145).


Inventarios y financiación

Según las nuevas normas, los Estados elaborarán inventarios «nacionales y regionales» que incluyan los terrenos identificados como contaminados. Estos inventarios se pondrán al alcance del público y se actualizarán como mínimo cada siente años (144).

La financiación de las medidas que se tengan que llevar a cabo para cumplir lo dispuesto en la directiva correrá a cargo de los propios Estados miembros. La cofinanciación por parte de la Comunidad «será posible únicamente cuando lo permitan las condiciones existentes de los programas actuales» (138).


El papel de la agricultura

Los diputados subrayan que la agricultura es clave para proteger las zonas prioritarias, en especial contra la desertización. «La agricultura siempre ha contribuido positivamente al mantenimiento de la estructura del suelo y sus características, y constituye un mecanismo indispensable para (…) evitar la desertización» (9). Además, dejan claro que cada Estado podrá decidir su propia política agrícola en relación con el suelo teniendo en cuenta su clima y otros factores específicos. Sin embargo, los países deberán elegir los cultivos y programas de reforestación que puedan evitar la erosión y la desertización. Asimismo, se apoyarán las prácticas agrícolas que favorezcan la capacidad de filtrado y de retención de agua del suelo (11 y 66).

La Eurocámara también pide que se fomenten las buenas prácticas, como el uso de compost y fertilizantes ecológicos que incrementen la actividad biológica del suelo y su fertilidad (59). Además, subraya la función del suelo como base para la producción de biomasa para la agricultura (36).


Sellado

Los Estados miembros deberán limitar el uso del sellado (cobertura del suelo contaminado con materiales impermeables) y sus efectos, sobre todo en los proyectos que están en desarrollo. Además, se seguirán códigos de buenas prácticas que preserven las cuencas fluviales y el curso natural del agua, eviten el aumento de los riesgos de inundación que se derivan del sellado, preserven estructuras geomorfológicas de suelos valiosos, zonas costeras y emplazamientos arqueológicos (60).


Zonas prioritarias y estrategias de rehabilitación

El Parlamento Europeo no está de acuerdo con la definición propuesta por la CE de «zonas de riesgo» y aboga por utilizar la de «zonas prioritarias». Los Estados tendrán cinco años para identificar estas áreas y elaborar estrategias de protección contra la erosión, la pérdida de biodiversidad del suelo, la desertificación, la salinización, la acidificación y los hundimientos (61 y 62).

Los Estados que ya cuenten con legislación nacional específica para proteger sus suelos estarán exentos de estas obligaciones, «siempre y cuando su legislación garantice como mínimo un nivel de protección equivalente» (107).

Los países deberán, en un plazo de siete años, elaborar sus respectivas estrategias de rehabilitación, ya sea a nivel nacional como regional. En dichas estrategias se fijarán objetivos de rehabilitación y se incluirán mecanismos como los fondos, las ayudas a la inversión, las exenciones o las deducciones fiscales para financiar la rehabilitación de las zonas contaminadas (146-149).

Parlamento Europeo

Deja una respuesta