La Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, una realidad en ocho meses

La Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural cierra su primer año de aplicación con la puesta en marcha de su estructura organizativa y la firma de varios proyectos piloto de desarrollo rural suscritos con varias comunidades autónomas por un importe de 83 millones de euros, de los que 41,5 millones son aportados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, otro tanto por las Comunidades Autónomas, tras el arranque de la nueva legislatura en marzo, y la creación del nuevo Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM), un mes más tarde.

En el ámbito reglamentario, el 23 de mayo, mediante el Real Decreto 865/2008, se regularon, la composición, funciones y funcionamiento de la Comisión Interministerial para el Medio rural, el Consejo para el Medio Rural y la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural.

Dentro de la estructura de la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural se creó una nueva Subdirección General dedicada al desarrollo de la Ley. En septiembre quedó constituida la Comisión Interministerial para el Medio Rural en la que tienen participación otros quince departamentos ministeriales y se constituyó un grupo de trabajo para perfilar la participación de cada uno de ellos en las actuaciones que se deben integrar en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible (PDRS), que a su vez ya ha mantenido las primeras reuniones al objeto de precisar las medidas que cada departamento incorporará al programa de desarrollo rural sostenible, que está en elaboración.

Ya en diciembre se han constituido la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural y el Consejo para el Medio Rural.

Para avanzar en la redacción del PDRS se ha creado asimismo un grupo de trabajo con personal del MARM y diversos expertos para perfilar criterios comunes para la delimitación de zonas rurales, un sistema de información geográfica para definir los parámetros que definen la ruralidad de los municipios, así como la elaboración del índice de contenidos del citado Programa. Igualmente han tenido lugar diversas reuniones de trabajo con los responsables de desarrollo rural de las diferentes Comunidades Autónomas al objeto de avanzar en cuestiones ligadas al desarrollo de la Ley y, en particular, a la concreción de los criterios para que las Comunidades Autónomas realicen la delimitación y calificación de las futuras zonas de aplicación de la Ley durante el primer programa, que tendrá una vigencia de cinco años entre 2010 y 2014.

41,5 millones para proyectos piloto
Por otra parte, y en relación al desarrollo presupuestario de la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, el MARM ha destinado 41,5 millones de euros a financiar varios proyectos piloto de desarrollo rural que se llevarán a cabo en Andalucía, Baleares, Aragón, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Valencia, que a su vez han destinado una cantidad equivalente. En los próximos meses está prevista la firma de convenios de colaboración similares con las restantes comunidades autónomas.

A tal fin, en los presupuestos generales del Estado para el año 2009 se contempla una partida específica dotada de 100 millones de euros.

Con estos proyectos piloto, que anticipan la puesta en marcha de los derivados del Programa de Desarrollo Rural Sostenible (PDRS) se trata de ensayar un conjunto de iniciativas de carácter singular que tienen, entre otros objetivos, servir de referencia para la aplicación práctica de esta norma.

Estos convenios para el desarrollo de proyectos piloto junto al Plan de Actuación de la Red Rural Nacional, que se presentó en Madrid el pasado día 16 de diciembre, constituyen las dos más importantes herramientas puestas en marcha por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino durante este año, y con vocación de permanencia temporal, en el ámbito del desarrollo rural.

Para la selección de los territorios se han tenido en cuenta las áreas rurales sensibles, de escasa densidad de población, elevada significación de la actividad agraria, bajos niveles de renta, aislamiento geográfico, dificultades de vertebración territorial así como su especial interés medioambiental, al conformar un escenario privilegiado para servir de referencia y guía a la hora de configurar los criterios, orientaciones y directrices necesarias para la aplicación práctica del texto legal.

En conjunto, y teniendo en cuenta otras actuaciones previas ya en curso (Ribagorza Románica, Taula del Senia, Municipios asociados a Reservas de la Biosfera en León), al concluir el presente año ya más de 50 comarcas españolas, con una superficie global estimada en cerca de 3.000.000 hectáreas, estarán desarrollando actuaciones relacionadas con esta Ley.

Las actuaciones en curso, considerando su carácter piloto, han primado la diversificación de actividades y el carácter demostrativo. Se han realizado actuaciones que vinculen armónicamente el desarrollo territorial, la conservación de la biodiversidad, y el apoyo a las dotaciones de servicios básicos para la población.

En cada Comunidad Autónoma, como no podía ser de otra forma, se han incorporado particularidades propias de su territorio. En Andalucía las actuaciones se sitúan mayoritariamente sobre espacios protegidos y Reservas de Biosfera, y tratan de poner en uso sostenible los valores naturales al servicio de la población local.

En Baleares se ensayará un modelo de contrato territorial con los titulares del territorio para la conservación del paisaje, centrado fundamentalmente en la Isla de Menorca y en la Sierra de Tramontana.

En Castilla-La Mancha se mejorarán dotaciones infraestructurales y de servicios básicos en las áreas menos dotadas de las provincias de Guadalajara, Cuenca, y Albacete.

Castilla y León desarrollará proyectos de diversa índole, centrados en cuestiones ambientales y en la potenciación del sector agrario en ocho comarcas de su geografía. Destacr un proyecto para la modificación de la totalidad de las luminarias locales por elementos de bajo consumo energético.

La Comunidad Valenciana y Aragón desarrollarán actuaciones en cuatro comarcas en la primera y en cinco en la segunda, relacionadas con los contenidos de la Ley, y previo proceso de concertación con el territorio al objeto de definir sus necesidades.

MARM

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