La oficina de adversidad climática estudia el ámbito territorial de las medidas por las heladas

El texto convalidado por el Congreso establece que el Ministerio de Agricultura delimitará el ámbito territorial de aplicación, consultadas las Comunidades Autónomas y las organizaciones representativas del sector. En este sentido, representantes de las Comunidades Autónomas afectadas han transmitido al Ministerio el listado provisional de los municipios afectados, con la finalidad de que tras la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos, puedan ser incluidos en la Orden Ministerial que fijará dicho ámbito de aplicación.

En la reunión se han estudiado los mecanismos de coordinación con las Comunidades Autónomas en lo referido a la línea de créditos del ICO subvencionada, cuya finalidad es asegurar la continuidad en la actividad productiva de las explotaciones agrarias y la recuperación de los cultivos leñosos.

Por último, se ha analizado como desarrollar las gestión de las indemnizaciones previstas en el Artículo 2 del texto legal, destinadas a aquellos agricultores que no hubiesen formalizado la correspondiente póliza de seguro, estando todavía abierto el plazo para su suscripción, siempre y cuando hubiesen estado asegurados contra el riesgo de helada en la campaña anterior, así como para aquellos que teniendo pólizas en vigor amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados, éstas líneas no cubriesen pérdidas por las heladas.

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