La sanción a Bermejo con 2.000 euros por cazar en Andalucía sin licencia se queda corta

Según el Decreto 182/2005 que regula la citada Ley se contempla un valor por las piezas cazadas cuando se han cobrado de forma ilegal, que en el caso de los ciervos sumarían 1.595,70 euros por pieza, con incrementos de 120.21 euros, de 180.31 o de 351 si estuviera catalogada, respectivamente, como trofeo de oro, plata o bronce.

Nos preguntamos cuántas piezas abatió el Sr. Bermejo y cuanto más de 2.000 euros podrían haberse sumado a la sanción impuesta. Aparte queda también la duda sobre su habilitación para la caza en Andalucía, es decir, si pasó el curso y examen de cazador requerido por la Consejería de Medio Ambiente.

A cualquier cazador de a pie le hubieran caído, además, sanciones accesorias que traerían aparejadas la suspensión o inhabilitación para cazar en Andalucía, entre un mes y cinco años (art. 83), a valorar por la administración que le expedientó, en este caso la Delegación provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía en Jaén que, sin duda ha otorgado a Bermejo un trato de favor y no ha hecho recaer sobre él todo el peso de la Ley.

Desde la delegación de APROCA en Granada (Asociación de Propietarios Rurales, Productores de Caza y Conservadores del Medio Natural de Andalucía) y ASAJA GRANADA declaramos que los cazadores andaluces aceptan las leyes que establecen el respeto a la flora y fauna silvestres, modificadas al compás de las innovaciones sobre educación medio ambiental, especies protegidas y amenazadas, y que no hay primera ni segunda división respecto de su incumplimiento.

ASAJA Granada

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