LA SUBSECRETARÍA DEL MAPA ASUME LAS COMPETENCIAS SANCIONADORAS PREVISTAS EN EL ESTATUTO DE LA VIÑA, EL VINO Y LOS ALCOHOLES – AGRICULTURA Y PESCA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el R.D. 322/2000, que a su vez modificó el Estatuto de la viña, el vino y los alcoholes, con objeto de determinar nuevas competencias de los órganos que deben resolver los procedimientos sancionadores en el ámbito de dicho Estatuto.

Con la norma aprobada hoy, se atribuye al Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación las competencias sancionadoras que hasta ahora estaban asignadas al Secretario General de Agricultura. El Subsecretario tendrá competencias sancionadoras cuando la cuantía exceda de 10.000.000 de pesetas y no supere los 50.000.000 de pesetas, que es el umbral cuantitativo en el que se atribuye la competencia para resolver a la Administración General del Estado, en este caso correspondiente al Subsecretario.

GABINETE DE PRENSA

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