La UE aprueba medidas fitosanitarias a la importación de cítricos en Argentina y Brasil

El Comité Fitosanitario Permanente de la UE, reunido en Bruselas, ha aprobado una Decisión de la Comisión sobre medidas de emergencia respecto a los cítricos en fresco originarios de Argentina y Brasil, materializando así la petición española de protección de la citricultura comunitaria ante los graves peligros fitosanitarios detectados por España en campañas anteriores y que llevó a cerrar las fronteras españolas en noviembre del 2003.

Mediante esta Decisión se van a exigir unas condiciones más estrictas a los cítricos de estos dos países durante la campaña de importación que próximamente va a comenzar y que consiste en un régimen de análisis oficiales, por parte de las autoridades fitosanitarias de ambos países, sobre la fruta cosechada en los lugares de producción para comprobar que está libre de «citrus canker», el organismo nocivo más peligroso para los cítricos españoles.

Se trata de adoptar unas medidas cautelares, que serán objeto de revisión al final de la próxima campaña de importaciones para tomar las decisiones que procedan en función de los resultados de la misma, siempre en el ámbito comunitario.

Recordemos que el motivo del cierre de fronteras de modo unilateral por parte española fue debido a la gran cantidad de interceptaciones de organismos nocivos de cuarentena no presentes ni en España ni en la Unión Europea, fundamentalmente «citrus canker» y «mancha negra», realizadas por los servicios de inspección fitosanitaria en las importaciones procedentes de esos dos países.

Inmediatamente, se comunicó a la Comisión Europea y a los demás Estados miembros las medidas adoptadas y se pidió que el asunto fuese discutido en el foro comunitario para tomar medidas que fuesen capaces de proteger adecuadamente la producción de cítricos, no sólo en España si no en cualquier punto de la Unión Europea.

España ha demandado en todo momento que se acordase, como así se ha conseguido finalmente, una solución basada en un mayor control y endurecimiento de las condiciones fitosanitarias exigidas a estas importaciones. Igualmente ha sido atendida la petición española de que las medidas a adoptar lo fuesen en el ámbito comunitario, es decir aplicándose por igual en todos los países y en todas las importaciones de la Unión Europea, lo que supone una garantía necesaria teniendo en cuenta las características de un mercado interior sin fronteras.

La Decisión aprobada acuerda un seguimiento exhaustivo de cómo se va desarrollando la campaña en todas las importaciones de la UE, y una evaluación al final de la misma de los resultados obtenidos. La propia Decisión contempla que, si como resultado de esta evaluación se pone de manifiesto que las medidas adoptadas son insuficientes o no se han respetado, la Comisión adoptará medidas más estrictas o medidas alternativas para proteger a la Comunidad desde el punto de vista fitosanitario.

Para ello se tendrán en cuenta también los datos que aporte una visita de inspectores comunitarios de la Oficina Alimentaria y Veterinaria, que está previsto realizar a ambos países del Cono Sur en los meses de julio y agosto próximos. El objeto de la misma será comprobar «in situ» los programas de registro, control y trazabilidad que la propia Decisión exige a los operadores implicados en la exportación, bajo control oficial de las autoridades fitosanitarias.

La aprobación comunitaria de estas medidas supone una mejora en la protección fitosanitaria de la citricultura española y por ende la comunitaria y viene a apoyar la postura española a este respecto. Esta protección se verá reforzada con la continuación de las inspecciones exhaustivas de todas las partidas que se importen en España al amparo de las mismas, siguiendo la línea que se viene aplicando del máximo rigor en las inspecciones fitosanitarias a los cítricos

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