LAS HARINAS DE ORIGEN ANIMAL NO SON MATERIALES TÓXICOS NI PELIGROSOS – AGRICULTURA Y PESCA

El Servicio de Calidad Ambiental de Navarra ha informado de que las harinas de origen animal, una vez tratadas en el digestor de la empresa Tratamientos MER, S.L., no son materiales tóxicos ni peligrosos y que pueden ser almacenados, como cualquier otro residuo urbano, en el Centro de Tratamiento que la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona tiene instalado en Góngora.

Así lo ha explicado hoy el consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Javier Marcotegui Ros, en la reunión que ha mantenido con el presidente de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, Javier Iturbe, y con el alcalde del Valle de Aranguren, Manuel Romero Pardo.

Durante la reunión, el consejero Marcotegui ha ofrecido información sobre la naturaleza de las harinas tratadas en el digestor de La Protectora, la aplicación de la normativa vigente en relación con estos residuos y ha respondido a las inquietudes planteadas por los representantes del Valle de Aranguren. Asimismo, el consejero Marcotegui ha explicado que, según la Decisión 1999/534/CE, las harinas procedentes de digestores, con independencia de su origen, no son residuos tóxicos ni peligrosos. De hecho, el Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo (MER) en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles (EET).

Así, después de su extracción, los MER deberán ser tratados en una industria de transformación autorizada a una temperatura de 133º, durante 20 minutos y a una presión absoluta de vapor saturado de 3 bares. Por resolución de 11 de diciembre de 2000, del director general de Agricultura y Ganadería, se autorizó el tratamiento de los productos MER de producción propia de La Protectora S.A. en su planta de tratamiento. Por resolución de 17 de enero de 2001, se autorizó a la empresa Tratamientos MER, S.L., el tratamiento de los productos MER generados en Navarra.

Cabe recordar que los priones no son agentes con capacidad para reproducirse por sí solos, como sucede en el caso de los virus o de las bacterias. En el digestor se dan y se garantizan las condiciones físicas necesarias para que esta proteína se desnaturalice, por lo que, tras el tratamiento de descontaminación, se asegura la inactivación del prión. Siempre que se cumplan las especificaciones recogidas en la normativa europea y estatal en cuanto a temperatura, presión y tiempo, y tras su paso por el digestor, estos residuos pueden ser tratados en el vertedero controlado del Centro de Tratamiento de Residuos Urbanos de Góngora por su característica de asimilables a urbanos.

El Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda recuerda que estos residuos podrán ser almacenados en el Centro de Tratamiento de Góngora siempre que se apliquen las condiciones particulares fijadas en su licencia de apertura y, en particular, los criterios y procedimientos para la admisión de residuos en el centro. Por último, el consejero Marcotegui ha afirmado que el Gobierno de Navarra está trabajando para que, a corto plazo, estas harinas se sometan al proceso de incineración.

GABINETE DE PRENSA

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