Las heladas provocan una fuerte reducción de la producción de fruta en los nuevos países de la UE

Nota de FEPEX
Las heladas de finales de abril y principios de mayo han provocado un fuerte descenso de la producción de fruta en los países del Este, según informaron los representantes de Hungría, Polonia y Eslovaquia en el último Comité de Gestión de Frutas y Hortalizas frescas, celebrado en Bruselas el 11 de mayo.
Según el representante de Polonia, las heladas han afectado fuertemente a las producciones de frutas y hortalizas, especialmente en la zona centro y este del país, con daños que oscilan entre el 80% y 95% según los productos, afectando también a las producciones de flores.
Hungría indicó que el problema es similar a Polonia, habiendo perjudicado las heladas a las producciones de manzanas, peras, albaricoques, melocotones, ciruelas, nuevas y frutos rojos, entre otros. En Hungría la producción de fruta del año pasado alcanzó 800.000 toneladas, la mayoría de ellas cultivadas en las regiones del noreste del país. Las principales frutas producidas en esta zona son manzana, cereza y ciruela y las pérdidas aquí por heladas han ascendido casi al 100%. En las otras regiones del país (excepto en las regiones del sur) el daño ha oscilado entre el 30% y 100%. La media de daños en Hungría ha sido del 50% de la producción.
Los daños en Eslovaquia varían entre un 40% y el 60%.
A consecuencia de las heladas el volumen de producción comercializable de las organizaciones de productores disminuirá drásticamente en el próximo año, por lo que las ayudas comunitarias de los fondos operativos, que se calculan en función de un periodo de referencia y del VPC, se verán fuertemente reducidas.
Ante ello, la Comisión ha propuesto que si los motivos de la reducción del VPC están suficientemente justificados por la situación excepcional y extraordinariamente adversa, los productores de los países del Este podrían acogerse al articulo 4 del Reglamento 1433/2003, en el que se establece que en caso de situación excepcional el periodo de referencia para el cálculo de la ayuda comunitaria será el anterior y nunca inferior al 65% del valor de la producción.
La Comisión informó también de que los Estados miembros pueden conceder ayudas estatales, en base a las directrices comunitarias sobre ayudas al sector agrario en el periodo 2007-2013, aprobadas en diciembre de 2006 y que han entrado en vigor el 1 de enero de 2007 y que exigen, para ser aprobadas, que los agricultores hayan sufrido un daño mínimo del 30% en su producción.

FEPEX

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