Los agricultores mayores de 55 años podrán solicitar las ayudas por cese anticipado de la actividad

Para este año 2007, el presupuesto que se destinará a estas ayudas será de 744.453 euros, cofinanciados por la Comunidad Autónoma y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Los agricultores que soliciten estas ayudas recibirán una ayuda mensual que oscila entre los 333 y los 1.000 euros hasta su jubilación definitiva.

RELEVO A LOS JÓVENES
Para beneficiarse de estas medidas, los agricultores deberán tener entre 55 y 65 años, haber ejercido la actividad agraria durante los diez años anteriores al cese de su actividad y traspasar, bien mediante el arrendamiento o en propiedad, su explotación a jóvenes agricultores que tengan entre 18 y 40 años. Asimismo, a estas ayudas podrán acogerse los trabajadores que ejerzan su actividad en las explotaciones que cesen, sean miembros de la familia del titular de la explotación o asalariados y siempre tengan entre 55 y 65, entre otros requisitos que figuran en el Decreto publicado hoy en el DOE.

El traspaso de las explotaciones permitirá a los agricultores que se jubilen anticipadamente, percibir una indemnización mensual de 1.000 euros, siempre que su cónyuge no reciba ayuda alguna por el cese de la actividad agraria; en caso contrario, la asignación será de unos 833 euros al mes. Por su parte, los trabajadores de las explotaciones que se traspasen, podrán beneficiarse de una renta mensual de unos 333 euros. Los agricultores disfrutarán de estas ayudas hasta los 65 años, pero después podrán percibir un complemento a la jubilación hasta que alcancen los 70 años.

Los agricultores que desean acogerse a estas ayudas, podrán presentar sus solicitudes desde hoy y de forma indefinida, hasta que se agoten el presupuesto o se derogue el decreto publicado hoy. Las instancias podrán presentarse en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, así como en las Oficinas Comarcales Agrarias, las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura. Una vez entregadas las solicitudes, la Dirección General de Estructuras Agrarias será la encargada de resolverlas en un plazo de seis meses desde la presentación de las mismas. Posteriormente, los agricultores a los que se les asigne la ayuda, empezarán a cobrarla a partir del mes siguiente.

Las ayudas al cese anticipado de la actividad agraria están contempladas para el periodo 2007 al 2013. A lo largo del anterior periodo de ayudas, desde el 2001 al 2006, un millar de agricultores se han beneficiado de esta medida.

Junta de Extremadura

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