El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publicó en su edición del pasado lunes 25 de mayo la convocatoria de ayudas extraordinarias destinadas a compensar a los ganaderos asturianos que han invertido en la compra de cuota en los últimos años.
Asimismo, desde la Consejería de Medio Rural y Pesca se enviaron los impresos de presolicitud a todos los ganaderos con el objetivo de agilizar la tramitación de estas ayudas. Una vez recibida la documentación y dada la conformidad con los datos individualizados que en ella aparecen, los ganaderos podrán presentar sus solicitudes en las oficinas comarcales.
Por otra parte, la Consejería de Medio Rural y Pesca y Caja Rural de Asturias han alcanzado un acuerdo por el que esta entidad financiera se compromete a adelantar, a coste cero para los ganaderos, estas ayudas.
El Gobierno del Principado entiende que el sector lácteo atraviesa un momento difícil y sabe que muchos ganaderos asturianos deben hacer hoy frente a créditos con los que financiaron la modernización de sus explotaciones y la compra de cuota. Por ello, y teniendo en cuenta que en 2009 no se concederán nuevas subvenciones comunitarias, el Ejecutivo asturiano establece una “ayuda-puente”. Se trata de ayudas propias, con cargo a los recursos del Principado, que están destinadas a ayudar a este sector hasta que, en 2010, esté operativo el nuevo marco de ayudas de la Unión Europea de compensación a los ganaderos.
Las ayudas van dirigidas fundamentalmente a aquellos ganaderos que en los últimos cinco años realizaron el esfuerzo inversor de adquirir cuota con el fin de lograr una dimensión adecuada de su explotación, apostando claramente por mantener la actividad.
El Gobierno del Principado apoya así a estas ganaderías para que el sector tenga futuro y siga desarrollando su actividad, ya que estas ganaderías no solo aportan más del 50% del PIB agrario sino que también juegan un papel fundamental en la diversificación económica y en todo lo relacionado con el desarrollo sostenible, la conservación del medio ambiente y la fijación de población en el medio rural.
Asturias es la primera comunidad autónoma que ha puesto en marcha ayudas de esta naturaleza en este año de transición, por propia iniciativa y con sus propios recursos, lo que demuestra la sensibilidad el Gobierno con este sector y el empeño del Ejecutivo de que esta actividad que se desarrolla en el medio rural siga teniendo peso y futuro en la economía asturiana.
CONDICIONES Y REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
1. Tener la explotación inscrita en el registro general de explotaciones ganaderas del Principado de Asturias.
2. Tener cuota láctea asignada a 1 de abril de 2009.
3. Haber adquirido previo pago cuota lechera en la campaña 2002/2003 o posteriores al Banco o al Fondo nacional coordinado de cuotas lácteas o mediante transferencia de cuota desvinculada de la explotación.
4. No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5. No superar el importe máximo de 7.500 euros como suma de las ayudas de mínimis percibidas en los tres últimos ejercicios fiscales (los dos anteriores y el presente).
La ayuda consistirá en una subvención por la adquisición de cuota lechera a partir de la campaña 2002/2003. En los casos en que la cuota adquirida hubiera sido ya objeto de subvención, total o parcial, en el marco de las ayudas a la primera instalación, se descontará la cuota subvencionada a efectos del cálculo de las ayudas reguladas en esta Resolución.
La concesión de las ayudas se realizará por el procedimiento de prorrateo. Se establecen los siguientes límites por explotación:
– Un mínimo de 300 euros, que se concederá a todos aquellos beneficiarios para los que el prorrateo arroje una cantidad inferior a ésta.
– Un máximo de 7.500 euros, conforme a lo establecido en la normativa comunitaria, del que se restarán en su caso otras ayudas de mínimas recibidas en los dos ejercicios anteriores.
Gobierno Asturias