Los países terceros consideran que las normas privadas y comerciales restringen el comercio

En la declaración oficial, Ecuador se pregunta «¿cuál es el valor agregado que obtenemos los países en desarrollo de la presencia y aplicación de las normas privadas o comerciales cuando la aplicación de algunas de estas normas privadas son pasos previos para permitir el comercio? Más todavía, hemos observado que la normativa privada no está armonizada con la normativa oficial de los acuerdos internacionales, por el contrario, en algunos casos ésta supera la normativa oficial, por ejemplo, en el caso de los límites de tolerancia. ¿No será entonces, una forma de imponer restricciones al comercio?».

Ecuador expone además que las declaraciones por parte de organizaciones que promueven la normativa privada de que estas normas tienen como objetivo disminuir la pobreza es «una exageración muy intencionada» y explica: «Creemos firmemente y tenemos evidencias de que la aplicación de estas normas privadas comerciales quitan competitividad a nuestros pequeños productores, que ya de por sí, tienen una carga pesada con la competencia no equitativa que tienen que enfrentar con otros sistemas de producción que no solamente tienen más capital de inversión, tecnología de punta, sino que además, son sistemas subsidiados, como todos sabemos. ¿Y ahora encima tenemos que pasar las pruebas de los estándares privados para poder vender? Creemos por lo tanto que eso no es aliviar la pobreza. Solo mencionaremos un ejemplo que ayudará a soportar nuestra preocupación. Muchos sistemas productivos de pequeños productores en Ecuador han sido sistemas orgánicos por tradición y por carencia. Además, por falta de capital para invertir han sido sistemas que nunca utilizaron agroquímicos. En conclusión, históricamente han sido y son sistemas orgánicos, pero ahora tienen que pagar facturas de alrededor de USD 3000 por año en promedio, para que una certificadora privada certifique que esa producción históricamente orgánica es orgánica. Para un pequeño productor esta factura puede rebasar la ganancia de todo el año, lo que indica nuevamente que esto no es aliviar la pobreza».

Finalmente, la delegación de Ecuador solicita la sensibilidad de los representantes de los países desarrollados para que se planteen que esta política está debilitando la normativa internacional y que conducirá a que cada país «que tenga condiciones para hacerlo propondrá e impondrá su propia normativa privada y entonces la pregunta final es: ¿en qué condiciones queda la normativa oficial internacional que tanto ha costado llegar hasta el punto en el que se encuentra ahora?».

La existencia de normas privadas y comerciales en el ámbito de la calidad y la seguridad alimentaria en los países desarrollados fue cuestionada también por otros países terceros en desarrollo asistentes al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Argentina urgió a los gobiernos a que lleguen a acuerdos sobre la normativa internacionales que afecta a los residuos pesticidas en alimentos, LMR, ya que la dispersión actual dificulta el comercio internacional. Argentina, apoyada por países como Chile, Costa Rica, Ecuador o Brasil apuntaron también que otra de las dificultades para el comercio es la proliferación en los países comunitarios de las normas privadas en el sector, como la de Eurep-Gap, ISO, etcétera. Estos países se quejaron además de que los límites de LMR que se fijan en estas normas no están basados en parámetros científicos y algunos calificaron estas normas de «poco transparentes» porque no son notificadas antes las autoridades competentes de la Organización Mundial de Comercio.

Fepex

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