Los productores-exportadores de cítricos a EEUU: ‘hasta el 30 de junio para registrar plantaciones’

Los citricultores pueden acceder al modelo de solicitud de registro en el Servicio de Sanidad Vegetal de la Consejería y en las Oficinas Comarcales Agrarias

Los productores de cítricos que prevean exportar sus frutos a Estados Unidos tendrán que registrar sus explotaciones en la Consejería de Agricultura y Agua, del 1 al 30 de junio, bien de forma individual o colectiva, como parte de las medidas exigidas desde la Administración para la presente campaña 2006, en base de a un protocolo establecido entre los Gobiernos de España y Estados Unidos.

El modelo de solicitud de registro está a disposición de los agricultores en el Servicio de Sanidad Vegetal de la Consejería y en las Oficinas Comarcales Agrarias.

Asimismo, se establece que se coloque una estación compuesta por tres mosqueros en las parcelas de 20 hectáreas (o menos) –además de otra trampa adicional cada 20 hectáreas en las parcelas de más extensión— como mínimo seis semanas antes de la fecha prevista para su recolección. Los mosqueros deben ser del tipo “Nadel” (cebados con Trimedlure y vapona) y los facilitará el Servicio de Sanidad Vegetal de la Consejería. El agricultor deberá realizar controles semanales de los mosqueros y registrarlo en un cuaderno de campo. Si se detecta un número de capturas de 0,5 moscas por mosquero/día habrá de realizarse un tratamiento especial con los productos y técnica autorizados en el cultivo.

Una empresa auditora visitará las fincas diez días antes de la recolección y notificará el estado de la fruta, pudiendo ser acompañado por un técnico de la Administración para verificar si hay cítricos picados, en qué grado y dónde. El certificado de las auditorías tiene un plazo de validez de diez días hábiles para la recolección y 20 días naturales hasta la presentación de la fruta a los inspectores alimentarios, tanto de España como Estados Unidos.

Asimismo, los citricultores sólo podrán usar las materias activas y los plazos de seguridad establecidos por dicho país

CARM

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