El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Miguel Arias Cañete, ha firmado una Orden Ministerial que contempla medidas de protección en relación con la fiebre aftosa, y que tendrá efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Esta Orden Ministerial traspone a nivel nacional, al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16 de la Constitución, las decisiones adoptadas el pasado día 6 de marzo por el Comité Veterinario Permanente de la Unión Europea.
En virtud de dicha Orden Ministerial queda prohibido el envío al Reino Unido de animales vivos de las especies sensibles (todos los rumiantes o porcinos domésticos o salvajes) a la fiebre aftosa.
La Orden Ministerial establece, igualmente, el aislamiento y sacrificio preventivo de dichos animales, más los biungulados de caza criados en explotación y los camélidos, que se encuentren en el territorio nacional y hayan salido del Reino Unido entre el 1 y el 21 de febrero.
Se prohibe el transporte de animales de especies sensibles, con la excepción de los destinados a matadero (se consideran así también a los toros de lidia) o a otra explotación, con autorización expresa de la autoridad competente. Estas excepciones conllevan el cumplimiento de dos condiciones: que durante el transporte no estén en contacto con otros animales que procedan de distinta explotación; y que los vehículos que se utilicen sean totalmente limpiados y desinfectados una vez finalizado el transporte.
En cuanto a las concentraciones de animales, se mantiene la prohibición de ferias, mercados, centros de concentración, subastas y certámenes de animales de especies sensibles, en todo el territorio nacional. Estas medidas se mantendrán en vigor hasta el próximo día 27
Carreras de caballos
Como puede comprobarse, la Orden Ministerial no afecta a los equinos, por lo que, finalizando mañana la prohibición anterior, en que sí se incluían, podrán volver a celebrarse competiciones hípicas a partir del sábado.
GABINETE DE PRENSA