En total, se destinarán 110 millones y 30 millones de euros (23.324 millones de pesetas), fondos no utilizados y procedentes de ambas partidas, para paliar los daños causados por el vertido en las costas de Galicia, Asturias, Cantabria y País Vasco.
A la conferencia han asistido los consejeros de agricultura y pesca de Asturias, Andalucía, Baleares, Cantabria, Cataluña, Galicia, y País Vasco además de la secretaria general de Pesca Marítima (SGPM), Carmen Fraga Estévez. La Sectorial de Pesca ha acordado asignar los fondos de reserva (30 millones de euros) no utilizados para la reconversión de la flota pesquera, que operaba al amparo del Acuerdo para poder ser utilizados en las medidas de ayuda a los sectores pesquero, marisquero y acuícola de las Comunidades Autónomas afectadas por los vertidos del Prestige.
Una vez tomado el anterior acuerdo por la Conferencia Sectorial, se gestionará a través del Comité de Seguimiento del Programa Operativo del IFOP la reprogramación de su Plan Financiero para asignar 110.487.096,4 euros a las medidas que se considere necesario, teniendo en cuenta el reglamento comunitario, que establece medidas excepcionales de ayuda a los sectores pesquero, marisquero y acuícola españoles afectados por los vertidos del buque Prestige.
El accidente del petrolero ocurrido en el pasado mes de noviembre viene ocasionando vertidos de grandes cantidades de fuel-oil, lo que ha motivado, entre otras medidas, el establecimiento de zonas de veda del litoral de Galicia, del Principado de Asturias, y de Cantabria, entre las regiones del Objetivo nº 1, lo que ha conllevado la paralización de la actividad pesquera en dichas zonas.
PETICIÓN ESPAÑOLA
A petición de las autoridades españolas la Comisión presentó, el 20 de diciembre de 2002, al Parlamento Europeo y al Consejo de Ministros de Pesca, una propuesta de Reglamento que establece medidas excepcionales de ayuda a los sectores pesquero, marisquero y acuícola españoles afectados por los vertidos del buque Prestige.
El Consejo de Ministros de Pesca aprobó el citado Reglamento en su sesión de ese mismo día 20, añadiendo unas modificaciones introducidas por la Delegación española y aceptadas por unanimidad.
Este Reglamento permite complementar las actuaciones emprendidas en el contexto de las intervenciones de los Fondos estructurales, ampliando su ámbito a las personas y empresas dedicadas al marisqueo y la acuicultura, por la paralización temporal de sus actividades; la reposición de los artes de pesca y otros equipos auxiliares; la reparación de las embarcaciones afectadas y la sustitución de sus elementos dañados; la limpieza, reparación y reconstrucción de los lugares dedicados al marisqueo y la acuicultura, y la reposición de las poblaciones de mariscos.
También se eliminan algunos límites establecidos, en el actual Reglamento de ayudas del Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP), sobre la cuantía total y el tiempo de actuación de alguna medida. Por último, se asignan 30 millones de euros como participación comunitaria complementaria a los fines de este Reglamento, que estaban asignados previamente para los fines del Reglamento (CE) nº 2561/2001, por el que se fomenta la reconversión de los buques y de los pescadores dependientes del Acuerdo de pesca con Marruecos.
La Secretaría General de Pesca Marítima ha realizado una valoración del coste de la Acción especifica de Marruecos en 176 millones de euros. De este coste previsto la Unión Europea (UE) financia aproximadamente el 80%, es decir, 140 millones de euros. La UE había asignado a España (Reglamento (CE) 2561/2001 del Consejo) 186 millones de euros para la Acción especifica de Marruecos.
Por tanto, queda un remanente de 46 millones de euros. De este remanente de 46 millones de euros de la Acción especifica de Marruecos, el Consejo Europeo ha asignado 30 millones de euros como participación comunitaria complementaria a las medidas excepcionales adoptadas como consecuencia de los vertidos del Prestige.
ANTECEDENTES
En la Conferencia Sectorial de Pesca celebrada el 20 de septiembre de 1999, en Mérida, se tomó el Acuerdo de informar favorablemente las líneas generales de la estrategia para la elaboración de nuevos programas de Fondos Estructurales para el período 2000-2006.
Sobre la reconversión de la flota pesquera del Acuerdo con Marruecos, se proponía la creación de un Eje Prioritario, en el Plan Financiero del Programa Operativo para las Regiones del Objetivo nº 1, específico con este fin, que se dotaría con una cifra suficiente de fondos IFOP.
Posteriormente, en las negociaciones con la Comisión para aprobar el Programa Operativo de Regiones de Objetivo nº 1 se constituyó una reserva financiera de 239,9 millones de euros, ubicada en las principales medidas de reestructuración de la flota y medidas de acompañamiento de la misma, en lugar de crear un Eje Prioritario específico.
Durante los años 2000 y 2001, debido a la no renovación del Acuerdo de pesca de la U.E. con Marruecos, se concedieron indemnizaciones a pescadores y armadores de buques, con cargo a este fondo, por un importe de 129.412.903,60 euros, por lo que el saldo actual de la reserva financiera es de 110.487.096,4 euros.
No se continuaron pagando las indemnizaciones con cargo a este concepto por haberse publicado el Reglamento (CE) nº 2561/2001, del Consejo, de 17 de diciembre de 2001, por el que se fomenta la reconversión de los buques y los pescadores dependientes hasta el 30 de noviembre de 1999 del Acuerdo de pesca de la UE con Marruecos
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