Medio ambiente: Acuerdo con Uruguay para proyectos conjuntos reducción emisiones

La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, ha firmado con una Comisión
Interministerial de Uruguay un Memorando de Entendimiento para actuaciones relacionadas
con la prevención del cambio climático. Este marco de cooperación tiene por objetivos
apoyar y facilitar la inversión y el reconocimiento de actividades conjuntas de proyectos de
reducción y absorción de emisiones de gases de efecto invernadero en Uruguay, y la
transferencia a España de la parte acordada de las reducciones certificadas de emisiones
resultantes de esas actividades de proyecto. Se aplicarán las modalidades y procedimientos
de conformidad con el artículo 12 del Protocolo de Kioto y su normativa de desarrollo.
Este Memorando es el primero que se firma, si bien se espera que, a partir del encuentro,
propiciado por España en las Oficinas Latinoamericanas de Cambio Climático, los próximos
27 a 30 de septiembre en Cartagena de Indias puedan firmarse otros Memorandos.
España, al ratificar el Protocolo de Kioto, adquirió el compromiso de no incrementar sus
emisiones de gases de efecto invernadero más de un 15% en 2008-2012 sobre las emisiones
del año base. Para facilitar el cumplimiento de este compromiso, en el Protocolo de Kioto se
establecieron tres mecanismos de flexibilidad. Estos mecanismos son: el mecanismo de
comercio de emisiones internacional y los mecanismos basados en proyectos (mecanismo de
desarrollo limpio y mecanismo de aplicación conjunta). Estos últimos se realizan entre países
desarrollados y países en desarrollo o con economías en transición, con lo que cumplen el
doble objetivo de ayudar al cumplimiento de los compromisos de los países desarrollados
mientras los países anfitriones reciben tecnologías limpias y apoyo en el desarrollo
sostenible.

El compromiso de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero se ha trasladado
al ámbito europeo gracias a la aprobación de la Directiva 2003/87/CE, que establece un
régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la
Comunidad. Esta directiva se ve modificada por otra directiva conocida como “Directiva de
vinculación o linking”, aprobada por el Consejo el 13 de septiembre, que vincula el comercio
de derechos de emisión comunitario con los créditos que se pueden obtener a través de
mecanismos de flexibilidad basados en proyectos.

El Real Decreto 1866/2004 de 6 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de
Asignación de derechos de emisión 2005-2007 (PNA), establece que se utilizarán créditos
procedentes de los mecanismos flexibles para garantizar el cumplimiento de compromiso
establecido por el Protocolo de Kioto. Para la obtención de estos créditos, que el PNA ha
fijado en el 7% de las emisiones del año base, es fundamental que se establezcan acuerdos
bilaterales con países que puedan acoger este tipo de proyectos. Estos acuerdos, conocidos
como “memorandos de entendimiento”, formalizan la cooperación entre los países implicados
en la ejecución de estos proyectos con la finalidad de que ambas Partes alcancen sus
objetivos bajo la CMNUCC y su Protocolo de Kioto. En el caso de que una de las partes
pertenezca a la UE tendrá también la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones
de dicho país bajo la Directiva 2003/87/CE.

La creación de una Autoridad Nacional Designada, comisión interministerial establecida por la
disposición adicional segunda del Real Decreto Ley 5/2004, por el que se regula el régimen
de comercio de derechos de emisión a nivel nacional, es fundamental para este fin, ya que
actuará como punto focal de España en la relación con Autoridades Nacionales Designadas
por otros países para la promoción y desarrollo de proyectos de desarrollo limpio y aplicación
conjunta y es el primer paso para que los promotores puedan presentar sus proyectos.

MMA

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