La Consejería de Medio Ambiente ha destinado un total de 201.473 euros a sufragar las ayudas del primer pago de este año incluido en el programa dedicado a fomentar la forestación de tierras agrarias en Castilla-La Mancha, y que pretende, entre otros objetivos, evitar la erosión y desertización y luchar contra el cambio climático.
La responsable de la Consejería, Rosario Arévalo, resaltó la importancia de colaborar con nuestros agricultores y ganaderos en la forestación de sus tierras, ya que, además de diversificar la actividad agraria, se consigue un aumento de la superficie arbórea de nuestra Comunidad Autónoma.
Arévalo subrayó el importante esfuerzo que se viene realizando desde hace años en la Comunidad autónoma para propiciar una constante forestación de nuestras tierras agrarias y se mostró satisfecha porque ya se haya incrementado en 90.000 hectáreas nuestra superficie forestal, gracias a la plantación de más de 90 millones de árboles.
Además de su importante papel en la lucha contra la desertización y erosión, la consejera de Medio Ambiente subrayó que los árboles, gracias a su función vital principal, la fotosíntesis, actúan como un “sumidero” que absorbe el dióxido de carbono, uno de los gases que propician el efecto invernadero en nuestra atmósfera.
Por ello, Arévalo se mostró convencida de que el aumento de la superficie arbórea mediante las acciones de forestación en tierras agrarias es una de las medidas a tener en cuenta en la estrategia que se ha de seguir para luchar contra el cambio climático, recordando que así también se contempla en el Protocolo de Kioto.
Las ayudas recogidas en el programa de forestación de tierras agrarias son de tres tipos, al establecimiento, para sufragar los costes de mantenimiento y la denominada prima compensatoria.
El primer pago de este año beneficiará a 62 personas, destinándose 127.592 euros a la prima de mantenimiento, que se paga anualmente por hectárea de tierra agrícola que haya sido reforestada, y 73.880 euros a la compensatoria, que también se paga cada año por hectárea forestada destinada a compensar a los beneficiarios la pérdida de ingresos derivada de la forestación de las tierras antes dedicadas a la agricultura.
Los terrenos que se pueden reforestar son aquellos que no estén incluidos en el Catastro como forestales y hayan tenido aprovechamiento agrícola o ganadero de forma regular desde diez años antes de la fecha de la solicitud. Estas tierras deben estar comprendidas como tierras ocupadas por cultivos herbáceos, barbechos, huertos familiares, tierras ocupadas por cultivos leñosos y pastizales.
En todos los casos las forestaciones a realizar sobre las superficies agrícolas deben cumplir varios requisitos, como que en las zonas sin regeneración natural o insuficiente, la elección de especies se corresponda con las arbóreas o arbustivas presentes o, si no las hubiere, con las existentes en terrenos colindantes o cercanos, evitando la introducción de especies distintas a las naturales o naturalizadas de la zona.
Asimismo, a efectos de la percepción de estas ayudas tendrán la consideración de superficies agrícolas, conforme a la clasificación agraria de los terrenos, aquellas parcelas catastrales que figuren como tales con anterioridad al primer día del periodo de presentación de solicitudes, así como que mantengan tal condición en esa fecha de acuerdo a los usos y costumbres del lugar
JCCM