Medio Ambiente obliga a las embarcaciones de recreo a permanecer amás de 60 metros de los cetáceos

La ministra de Medio Ambiente, Elvira Rodríguez, anunció ayer que su
Departamento establecerá en una nueva norma las pautas de comportamiento
que deben seguir aquellas embarcaciones dedicadas a la observación de los
cetáceos. El objetivo del futuro Real Decreto trata de salvaguardar el hábitat
natural de estas especies protegidas y evitar molestias y lesiones sobre estos
mamíferos marinos por la actividad de las embarcaciones.
La observación de cetáceos en su medio natural constituye una actividad
turística, económica, científica y recreativa que puede desempeñar una
importante labor de investigación, de educación ambiental y de conservación,
siempre que tenga en cuenta los principios de protección ambiental y de uso
sostenible de los recursos naturales.
Por ello, es necesario establecer normas de conducta y de manejo de las
embarcaciones en las zonas más próximas a estas especies. La futura norma,
que será debatida en la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza, crea
la figura de “Espacio Móvil de Protección de Cetáceos” que limita la actividad de
los barcos y de las personas para no alterar el espacio en el que se encuentran
estos animales.
Este espacio comprende un cilindro imaginario con una base de 500 metros de
radio y una altura de 560 metros, de los que 60 metros se encuentran bajo el
nivel del mar. Dentro de esta zona se deberán cumplir una serie de reglas para
posibilitar la observación de los cetáceos sin dañarles o causarles molestias.

Dentro de este espacio se delimita una zona de exclusión, en la que las
embarcaciones no podrán acceder, que comprende 60 metros desde donde se
encuentre el cetáceo. Si la distancia entre las embarcaciones y los mamíferos
marinos es menor de 60 metros se deberá bien apagar el motor, bien no ponerlo
en marcha. Si los cetáceos que se aproximan son delfines se podrá continuar
navegando manteniendo la velocidad y el rumbo.
Las embarcaciones que realicen actividades recreativas de observación de
cetáceos deberán apagar el sonar y la sonda; no podrán dar nunca marcha
atrás, salvo en situación de emergencia o para prevenir una colisión con otra
embarcación o con un cetáceo y no podrán navegar en círculo en torno a estas
especies. Del mismo modo, deberán moverse a una velocidad constante y
aproximarse a los cetáceos sin movimientos bruscos y con una trayectoria
paralela.
Dentro de la “Espacio Móvil de Protección de Cetáceos” quedará prohibido tirar
alimentos, bebidas, basuras; separar o dispersar al grupo de cetáceos e
interponerse entre un adulto y su cría; producir ruidos y sonidos fuertes o
estridentes y emitir sonidos bajo el agua para intentar atraerlos o alejarlos.
Además, en la zona de exclusión no está permitido el baño ni el buceo.
DAÑOS POR EL TRÁFICO MARÍTIMO
Diversos estudios nacionales e internacionales demuestran que las actividades
de observación alteran los patrones de conducta de los cetáceos por un
constante estrés producido por el trasiego de embarcaciones y la persecución a
las que se les somete en numerosas ocasiones. También se han observado
daños físicos en los lomos de algunas especies, causados por las quillas de las
embarcaciones.
Por otro lado, el transporte marítimo puede llegar a producir efectos adversos
sobre las poblaciones y su hábitat, tanto por la colisión como por afectar a su
comunicación y dañar su sistema auditivo.
La diversidad biológica de las aguas marítimas españolas es la mayor de la
Unión Europea. En ellas viven 27 especies de cetáceos, de las cuales más de la
mitad se hallan amenazadas. Para España, la conservación de los ecosistemas
marinos es crucial, no sólo para asegurar el futuro de sus valores ecológicos,
sino también por su importancia socioeconómica.

MMA

Deja una respuesta