Medio Ambiente publica el avance de ordenación de los recursos naturales de la salada de Chiprana

Remitido por Gobierno de Aragón:

De esta manera se da un importante paso para la conservación de este humedal, sus ecosistemas y elementos asociados. Este avance se enmarca en los trabajos del Departamento de Medio Ambiente por impulsar todos los PORN actualmente en marcha, como instrumentos para garantizar la conservación y puesta en valor sostenible del territorio aragonés.

Según el documento, que permanecerá en exposición pública durante un mes, se prevé la futura declaración de una Reserva Natural, con una superficie de 154,8 hectáreas, que comprendería la Salada de Chiprana con sus playas y las comunidades vegetales asociadas, la Salada de Roces con su orla de carrizal y de tamarices, el Prado del Farol y sus comunidades de vegetación húmeda, el olivar y los regadíos tradicionales, así cómo enclaves de paleocanales y laderas con roquedos y matorral. La zona periférica tendría 360,9 hectáreas. Las actividades y usos reglamentados en esta zona son aquellos destinados a evitar los impactos ecológicos o paisajísticos de influencia negativa que procedan del exterior y que afecten negativamente sobre la reserva.

ÚNICO EN EUROPA

El complejo lagunar de las Saladas de Chiprana se refiere al conjunto de las cubetas endorreicas que comprende la Salada de Chiprana, sus satélites occidentales (Prado del Farol y Salada de Roces) así como otras tres pequeñas subcuencas. El complejo ocupa el fondo de una amplía pero poco profunda depresión, de unas 500 hectáreas de superficie total. Está situado sobre la cota de los 150 metros de nivel.

El complejo lagunar es la única laguna endorréica salina de aguas permanentes profundas de Europa occidental. El Plan de Ordenación reconoce en este espacio un total de doce ecosistemas distribuidos por el conjunto. Estos ecosistemas presentan una gran diversidad y se han agrupado entre acuáticos (masa de agua de la Salada, masa de agua de la Salada de Roces, charcas-abrevadero), húmedos (saladares, carrizales juncales y praderas tamarizales) y terrestres (pinar, matorral, roquedos y edificios, cultivos leñosos destacando el olivar, cultivos herbáceos en secano y regadío). La Salada Grande es la laguna salada más grande y profunda de la Península (con hasta 5,6 metros), y además es única en Europa Occidental por sus características físico-químicas (es un lago salino continental permanente). Tiene la única cita peninsular de Clypeola cyclodontea, supone el único hábitat continental de Ruppia maritima en la Península y destaca la presencia de tapetes microbianos de fondo de gran interés microbiológico.

Entre los objetivos del documento está el la conservación de los Hábitats Naturales de Interés Comunitario propios del área, como vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o arenosas; pastizales salinos mediterráneos (Juncetalia maritimi); matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos (Sarcocornietea fruticosae); estepas salinas mediterráneas (Limonietalia); Matorrales arborescentes de Juniperus spp así como Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae).

El documento prevé también la conservación favorable las especies aves como Aguilucho lagunero (Circus aeruginosus); Aguilucho cenizo (Circus pygargus); Cigüeñuela (Himantopus himantopus) o Avoceta (Recurvirostra avosetta). Además, se contribuirá a la conservación de las especies catalogadas y de sus hábitats que deberán tener las dimensiones adecuadas para mantener poblaciones viables de dichas especies, como en el caso de la Tadorna tadorna, especie recogida en el convenio Ramsar, y por la que la laguna de Chiprana entra a formar parte de la lista de Humedales de Importancia Internacional.

PROTECCIÓN LEGAL

El valor ecológico del Complejo Lagunar de Chiprana ya fue reconocido por el Decreto 85/1990, de 5 de junio, de la Diputación General de Aragón, de medidas urgentes de protección urbanística en Aragón. Posteriormente, el Acuerdo de 28 de abril de 1992 aprueba el ajuste de delimitación inicial de las áreas de especial protección. Esta protección se recoge también en las normas subsidiarias y complementarias de planeamiento municipal de la provincia de Zaragoza de 1992 en las que las saladas de Chiprana y Laguna de la Estación son declaradas como suelo no urbanizable de alto valor ecológico (SNUAVE). En 1994, las Saladas de Chiprana son incluidas en la Lista del Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitat para las aves acuáticas conocido como convenio RAMSAR

Gobierno de Aragón

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