El Consejo de Ministros, reunido hoy, ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la estructura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para hacerla más acorde con las funciones que desempeñan los distintos órganos directivos. Una de las directrices que han motivado esta reforma es la potenciación de las políticas de desarrollo rural orientadas a garantizar a los agricultores españoles una calidad de vida con la de los trabajadores de otros sectores de producción. Asimismo se ha considerado prioritario el desarrollo de políticas activas de incorporación de los jóvenes y equiparación de la mujer dentro del mundo rural, dado que son motores decisivos en el camino hacia la competitividad de nuestro sector agrario. Por otra parte, la calidad y la seguridad alimentaria y el desarrollo de una industria agroalimentaria cada vez más competitiva es otro de los ejes que se pretenden potenciar con esta reforma. En el ámbito pesquero se presentan también nuevos retos planteados por la globalización de la economía que requieren la potenciación de políticas activas del Estado, una mayor coordinación con las Comunidades Autónomas y la defensa del tejido productivo y extractivo nacional dentro de la Unión Europea, para conseguir la máxima rentabilidad para nuestros pescadores y demás trabajadores del sector. Teniendo en cuenta todas estas directrices se ha realizado un reparto competencial de modo que, por un lado las Secretarias Generales desarrollen básicamente sus competencias sectoriales dentro del ámbito de decisión de la Unión Europea, mientras que la planificación y otras actuaciones en materia de desarrollo agrario y alimentario residen prioritariamente en la Subsecretaría. Organización general del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Directamente dependientes del Ministro existen los siguientes órganos directivos: Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. Secretaría General de Agricultura. Secretaría General de Pesca Marítima. 1.- Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, le corresponde la coordinación de las actuaciones del Ministerio en relación con los asuntos que se sometan a las Comisiones Delegadas del Gobierno, así como la gestión de los recursos humanos, elaboración de presupuestos, evaluación económica de programas, aplicación del plan informático, relaciones institucionales con organizaciones profesionales, cooperación en el ámbito internacional, la gestión patrimonial, elaboración de estadísticas y la planificación en políticas sobre explotaciones agropecuarias, regadíos, desarrollo rural y seguridad alimentaria. Dependen de la subsecretaría: Gabinete Técnico. Inspección General de Servicios. Subdirección General de Recursos Humanos y Gestión de Personal. Subdirección General de Administración Económica y Patrimonial. Oficina Presupuestaria. Están adscritos a la Subsecretaría: Abogacía del Estado Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado. Fondo Español de Garantía Agraria. Entidad Estatal de Seguros Agrarios. Agencia para el Aceite de Oliva. Registro de Fundaciones de carácter agrario. Asimismo, dependen directamente de la Subsecretaría: Secretaría General Técnica, que a su vez dependen de ella: la Vicesecretaría General Técnica, Subdirección General de Legislación y la Subdirección General de Recursos y Asuntos Jurídicos. Dirección General de Planificación Económica y Coordinación Institucional, de la que dependen las subdirecciones generales siguientes: coordinación institucional, relaciones agrarias internacionales, coordinación y planificación económica, y de estadísticas agroalimentarias. Dirección General de Desarrollo Rural, de la que dependen las subdirecciones siguientes: formación, patrimonio y fomento asociativo; de medidas de acompañamiento; de relaciones con el FEOGA-Orientación; Regadíos e Infraestructuras Agrarias; y de Modernización de Explotaciones. Dirección General de Alimentación, de la que dependen las subdirecciones: planificación alimentaria, fomento y desarrollo agroindustrial, de mercados y producción agroalimentaria, de promoción agroalimentaria, de control de calidad alimentaria, y de denominaciones de calidad y relaciones interprofesionales y contractuales. Consejo Superior Agrario. 2.- La Secretaría General de Agricultura, ejercerá la dirección y supervisión de los órganos directamente dependientes, así como la elaboración de la normativa básica estatal, cooperación con las Comunidades Autónomas, coordinación de órganos adscritos a las Conferencias Sectoriales, el ejercicio de las funciones competenciales en producciones de agricultura y ganadería, concentración de la oferta, sanidad vegetal y animal y vías pecuarias. Dependen directamente de esta Secretaría General: Dirección General de Agricultura, integrada por las subdirecciones siguientes: cultivos herbáceos, productos hortofructícolas, materias grasas y cultivos industriales, vitivinicultura, medios de producción agrícolas, y sanidad vegetal. Dirección General de Ganadería, de la que dependen las subdirecciones siguientes: ganadería extensiva, alimentación animal y ganadería intensiva, zootecnia, sanitada veterinaria, y de sanidad veterinaria exterior. 3.- La Secretaría General de Pesca Marítima se encarga de la planificación y ejecución de la política en materia de pesca marítima, de ordenación básica del sector pesquero, acuicultura, comercialización de los productos de la pesca, elaboración de normativas, así como las referidas a los acuerdos de la Unión Europea con terceros países, participación en organizaciones internacionales de pesca, cooperación internacional, y coordinación con el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Dependen de esta directamente de esta Secretaría General las subdirecciones de gestión y ordenación sectorial, así como las siguiente direcciones generales: Dirección General de Recursos Pesqueros, integrada por las siguientes subdirecciones: caladero nacional y acuicultura, asuntos comunitarios y de control, acuerdos pesqueros internacionales, organismos multilaterales de pesca, y de inspección pesquera. Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros, de la que dependen las subdirecciones: flota pesquera y formación, gestión de los fondos estructurales, y de comercialización pesquera. Queda adscrita a esta dirección general el Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM).
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