La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a los presupuestos de los años 2003 (600.000 euros) y 2004 (300.000 euros).
Estas subvenciones se clasifican en seis tipos, atendiendo a la inversión o actividad realizada por el beneficiario. La financiación a recibir dependerá de si los solicitantes están catalogados o no como pequeña y mediana empresa (PYME).
Tipo A: Inversiones de corrección para adaptarse a nuevas normas medioambientales, tanto mediante modificaciones de proceso como a través de la incorporación de medio materiales (activos fijos), para reducir la contaminación de modo directo. Estas subvenciones (15%) sólo serán aplicables a empresas PYME.
Tipo B: Inversiones destinadas a la reducción o eliminación directa de la contaminación y otros efectos nocivos para el medio ambiente, a la adaptación de los métodos de producción al mismo objetivo, o a la introducción de tecnologías limpias, procesos de minimización, reciclaje, reutilización o valorización, cuando se plantee superar sustancialmente lo establecido en la legislación medioambiental vigente. Se incluyen entre los proyectos de este tipo, aquellos promovidos por las empresas con el objetivo de reducir, reciclar y valorizar los envases o residuos de envases. Estas inversiones recibirán una subvención de entre el 30% (no PYME) y 40% (PYME). En todo caso, el nivel de ayuda será proporcional a la mejora ambiental conseguida, estableciéndose en todos los casos el presupuesto subvencionable correspondiente.
Para las actividades industriales dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas y ganaderos, las subvenciones del tipo A podrán alcanzar el 40% de los costes subvencionables y las del tipo B el 60%.
Tipo C: Proyectos de investigación industrial, entendida ésta como la investigación planificada o estudios críticos, cuyo objetivo sea la adquisición de nuevos conocimientos, que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos procesos productivos y que contribuyan a reducir el poder contaminante y otros efectos nocivos de la actividad. Su financiación, sólo aplicable a empresas industriales, será de entre el 40% (no PYME) y el 50% (PYME).
Tipo D: Auditorías ambientales, ecodiagnósticos, implantación de sistemas de gestión ambiental, análisis y evaluación de riesgos medioambientales, estudios de valoración del impacto ambiental producido por actividades industriales y actividades de formación promovidas por las mismas. La financiación será del 50%, independientemente de ser o no PYME.
Tipo E: Proyectos de información y sensibilización. La financiación será del 75%, independientemente de ser o no PYME.
Tipo F: Inversiones realizadas por empresas que contribuyan subsanar los daños ambientales mediante el saneamiento de instalaciones industriales contaminadas y, en particular, el deterioro de la calidad del suelo y de las aguas superficiales o subterráneas. La financiación oscilará entre el 100+15% (no PYME) y el 100+25% (PYME). Cuando el causante de la contaminación esté identificado deberá financiar la rehabilitación, en aplicación del principio de responsabilidad, y sin poder obtener ayuda.
A estas subvenciones podrán acogerse empresas, públicas o privadas, agrupaciones de dichas empresas, personas físicas e instituciones que realicen proyectos o inversiones tendentes a reducir la contaminación.
A estos efectos, se considera pequeña o mediana empresa aquélla que emplea a menos de 250 personas y que cuente con un volumen de negocio anual igual o inferior a 40 millones de euros o un balance general igual o inferior a 27 millones de euros.
Gob. Navarra