El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Martínez Alfaro, ha aprobado varias medidas que se enmarcan dentro del Plan de la Prevención de la EEB. Por una parte, se establece una ayuda a los ganaderos por el «vacío sanitario» de su explotación y, por otra parte, se fija una prima excepcional única a favor de los beneficiarios titulares de superficies acogidas a las ayudas de carácter paisajístico y agroambiental.
Respecto a la ayuda a los ganaderos por el vacío sanitario de su explotación, la parte dispositiva de la Orden Foral del Consejero señala que las campañas oficiales de saneamiento ganadero obligan al sacrificio de los animales que resultan positivos a las diferentes enfermedades objeto de campaña.
Asimismo, se indica que por circunstancias sanitarias excepcionales o en momentos especiales de crisis como el actual, derivado de la presencia de Encefalopatias Espongiformes Transmisibles, la normativa puede obligar al sacrificio de todo el ganado existente en la explotación que se conoce como «vacío sanitario» y que provoca un periodo de inactividad con la consiguiente pérdida de renta a los titulares de las explotaciones ganaderas afectadas.
Podrán ser beneficiarios de ayudas en concepto de vacío sanitario los titulares de las explotaciones ganaderas que, calificadas como prioritarias en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra, o cumplieron los requisitos exigidos a éstas, se ven obligados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en razón de circunstancias de sanidad animal, al sacrificio de todos los animales de una o varias especies para controlar las enfermedades que les puedan afectar.
El vacío sanitario obedecerá a campañas oficiales de saneamiento ganadero o a cualquier otra situación sanitaria que obligue al Departamento al sacrificio del correspondiente efectivo animal de la explotación. La ayuda consistirá en una prima adicional del 15% de la indemnización total que corresponda al titular de la explotación ganadera por el sacrificio de sus animales conforme al baremo oficial aplicable, calculada desde el momento en que el Departamento ordene el «vacío sanitario».
Por otra parte, en virtud de otra Orden Foral del Consejero Martínez Alfaro, se establece para el año 2001 una prima excepcional a los beneficiarios titulares de superficies acogidas a las ayudas previstas en la Orden Foral de 2 de octubre de 2000, por la que se establecen ayudas de carácter paisajìstico y agroambiental mediante el apoyo al establecimiento de cultivos alternativos al monocultivo del cereal. La ayuda consistirá en 1.500 pesetas por hectárea, que se añadirán directamente a las citadas en la mencionada Orden Foral del pasado mes de octubre.
El Departamento concede esta ayuda teniendo en cuenta que la detección de la EEB en la cabaña ganadera de Navarra ha causado graves perturbaciones en el sector ganadero, así como en otros sectores directa o indirectamente ligados a él, entre los que destaca la fabricación de piensos, tanto por la prohibición de utilizar una serie de materias primas proteicas, como por la dificultad de incorporar en el momento actual sustitutos de las harinas de carne que complementen la dieta de los animales, con un contenido equilibrado de proteínas.
Precisamente en el Plan 2001 para la Prevención de la EEB aprobado por el Gobierno de Navarra el pasado 26 de diciembre, se preveían entre otras medidas el apoyo a la utilización de cultivos oleaginosos y proteaginosos en la alimentación animal.
GABINETE DE PRENSA