Navarra: Ayudas para la adecuación de nidos de cigüeña en el año 2004

Esta convocatoria tiene por objeto la financiación de actividades de adecuación de nidos; la eliminación, previa autorización del Departamento, e instalación de estructuras que impidan nuevos asentamientos; y la instalación de infraestructuras que favorezcan la ubicación de nidos en enclaves no conflictivos. La cuantía máxima de ayuda concedida a los proyectos presentados no excederá de 900 euros por nido.

A estas ayudas podrán acogerse todas las entidades locales de Navarra, quienes deberán estudiar las afecciones causadas por las cigüeñas en edificios públicos, privados o religiosos. El Departamento de Medio Ambiente pondrá a disposición de las entidades locales afectadas, las únicas que pueden recibir este tipo de ayudas, medios de asesoramiento sobre los criterios técnicos a seguir y las actuaciones necesarias para solventar el problema detectado.

Una vez que la entidad local disponga del informe técnico, se debe dirigir al Registro del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Avenida del Ejército, 2 de Pamplona) con la siguiente documentación: solicitud de ayudas; memoria descriptiva de cada uno de los trabajos o proyectos a realizar; presupuesto detallado por partidas; solicitud de abono por transferencia; y cuantos elementos estimen oportunos para apreciar mejor sus peticiones.

El Departamento de Medio Ambiente dictará resolución expresa autorizando, si procede, la actividad y el gasto que ella supone, comunicándolo a la entidad local afectada. Transcurridos tres meses desde la presentación de la solicitud sin que se hubiese dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

La entidad local procederá a ejecutar con sus medios o medios contratados el proyecto autorizado, ya sea en edificios públicos, privados o religioso, y abonará los gastos ocasionados. Las entidades locales disponen de un plazo máximo hasta el 15 de noviembre para presentar una memoria final de las actuaciones realizadas y de las facturas correspondientes al gasto. El Departamento de Medio Ambiente abonará a las entidades locales los gastos debidamente reseñados.

Gobierno de Navarra

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