Normas para los programas Leader Plus y Proder-2

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se establecen las normas de presentación, selección y aplicación de los programas Leader Plus y Proder-2 para la región.

En dicha Orden se establecen las normas relativas a la aplicación de la Iniciativa Comunitaria «LEADER PLUS» y el Programa «PRODER-2» en Castilla-La Mancha, incluyendo los requisitos a cumplir, la presentación y la selección de los programas territoriales de desarrollo rural, los requisitos que han de reunir los grupos de Acción Local responsables de su gestión, así como las normas y procedimientos comunes de aplicación de los programas en todos los territorios donde se va a aplicar.

El objetivo de los programas es impulsar el desarrollo endógeno y sostenido de las zonas rurales a través de la diversificación de la economía, persiguiendo el mantenimiento de la población, frenando la regresión demográfica, y elevando la renta y el bienestar social de sus habitantes a niveles equiparables a otras zonas más desarrolladas, asegurando la conservación del medio y los recursos naturales.

Entre las novedades que la Orden presenta con respecto a los programas de Desarrollo Rural Leader II y PRODER, cabe destacar que tendrán prioridad los proyectos de inversión promovidos por mujeres o jóvenes menores de 40 años; los encaminados a la inserción de estos colectivos en el mercado laboral; y aquellos orientados a la generación de mayores posibilidades de empleo en general, así como comprometerse explícitamente a proteger las zonas de la Red Natura 2000 y a no deteriorarlas por la realización de intervenciones contempladas en su programa.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la entrada en vigor de la Orden.

La selección de los programas se realizará por un Comité de Selección, que estará compuesto por:

 Dos representantes de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, nombrados por el consejero de Agricultura y Medio Ambiente, uno de los cuales ejercerá la presidencia y el otro la secretaría.

 Dos representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

 Dos representantes de la Federación Castellano – Manchega de Municipios y Provincias.

La selección de los programas presentados se efectuará sobre la base de las mejores puntuaciones globales obtenidas en aplicación de los criterios de programa, grupo y territorio.

El Comité de Selección elevará, en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del plazo para la presentación de los programas, la propuesta de resolución al consejero de Agricultura y Medio Ambiente, quien resolverá en el plazo máximo de quince días.

El coste total para los programas seleccionados es de 272.602.133 € (45.357.178.577 pesetas), siendo la financiación: 40% U.E. 7% cada una de las administraciones nacionales (MAPA, JCCM y Admon Local) y 39% Gasto Privado.

JCCM

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