Normas y controles para la seguridad de la producción de carne

El Parlamento aprobará varias reglamentaciones comunitarias sobre la seguridad alimentaria, en particular para garantizar la calidad de la carne y la higiene en los mataderos. Se trata de varios textos cuyo ponente es Horst SCHNELLHARDT (PPE/DE, D), quien, en nombre de la comisión de Salud Pública presenta escasas enmiendas, lo que hace esperar que la aprobación final tenga lugar en esta legislatura.

Controles oficiales de los mataderos

Una de las principales disposiciones concierne a los controles, esenciales para el cumplimiento de la legislación. Los diputados reconocen la importancia del autocontrol, pero coinciden en que no basta y que los controles oficiales de la producción cárnica son primordiales. Estos controles los realizarán veterinarios oficiales.

El Consejo permite, no obstante, el autocontrol con la participación de personal de los mataderos en las inspecciones de carne de corral, conejos y ternera industrial. El ponente limita esta posibilidad para evitar conflictos de intereses. Las enmiendas exigen una clara separación entre personal de producción y de inspección. Además, exigen que la autoridad competente estudie caso por caso si permite el autocontrol.

Para determinar el personal oficial que debe estar presente en los mataderos, se usará un análisis de riesgos. Por su parte, el ponente quiere que sean las autoridades competentes quienes establezcan el número de veterinarios oficiales que deben participar.

También se precisan las medidas de higiene que habrán de tomar los operadores de las empresas alimentarias, con disposiciones específicas para los alimentos de origen animal.

En este caso, las enmiendas de esta segunda lectura instan a tener en cuenta las circunstancias específicas de la producción en regiones aisladas o por métodos tradicionales, de tal forma que no se ponga en peligro su continuidad siempre que no afecte a la higiene de los productos. Otra enmienda exige que las normas de higiene se apliquen también al despiece que tiene lugar en las tiendas.

El ponente precisa en sus enmiendas que el reglamento no se aplicará a la producción para uso privado ni a la preparación de productos para consumo doméstico. Tampoco se aplicará al suministro de pequeñas cantidades al comercio o restaurantes locales o al consumidor final, pues en estos casos estarán regulados por normas nacionales.

Las propuestas se enmarcan en el conjunto de medidas para evitar nuevas crisis como la de las vacas locas o la dioxina y regulan las condiciones de higiene en mataderos, almacenes y cámaras frigoríficas, así como en instalaciones para el tratamiento de animales de caza y pesca

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