Novedades legislativas en relación con la enfermedad de Aujeszky

Se incluye a Eslovaquía en la lista de regiones libres de la enfermedad de Aujeszky (Anexo I), y las Comunidades Autónomas de Galicia, Asturias, Cantabria, La Rioja, País Vasco y Navarra, así como las provincias de León, Zamora, Valladolid, Palencia, Burgos y Ávila en Castilla y León, y la provincia de Las Palmas en las Islas Canarias en el Anexo II, en el que se encuentran aquellos territorios de la Unión Europa con Programa de lucha frente a la enfermedad de Aujeszky aprobado por la Comisión Europea.

La inclusión de estos territorios en el Anexo II supone un primer paso para llegar al objetivo final Anexo I (territorios libres de la enfermedad sin vacunación), y alcanzar estatus sanitario al igual que gran parte de nuestros competidores europeos, lo que nos facilitará la apertura de mercados a través de la eliminación de las restricciones comerciales que origina la enfermedad de Aujeszky. En cualquier caso, se trata de un paso intermedio muy importante, ya que no sólo otorga a estos territorios un estatus que será reconocido por todos los estados miembros de la Unión Europea, sino que además, ayuda a consolidar el programa de erradicación español y anima a otros territorios a continuar el avance en la lucha contra esta enfermedad de forma decidida.

RASVE

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