Nueva política de promoción de productos agrícolas de la Unión Europea

Las acciones de información y de promoción que incluyen relaciones públicas, publicidad, participación en ferias, estudios, etc., no podrán estar orientadas en función de marcas comerciales o de un origen concreto. Los solicitantes serán organizaciones profesionales o interprofesionales representativas del sector o de los sectores solicitantes.

La financiación de las principales partidas de gasto no podrá superar el 50% del coste efectivo de los programas. Las organizaciones deberán financiar un mínimo del 20% del coste, pudiendo los Estados miembros completar el resto de la financiación. La Comisión Europea deberá publicar ahora el Reglamento de aplicación, del Reglamento del Consejo (CE) nº 3/2008 publicado el 5 de enero.

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