Se determinan así las cuantías y las actividades subvencionables destinadas a las razas que, en base a su censo, están clasificadas en el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España como en peligro de extinción, y que requieren un apoyo específico que permita garantizar el mantenimiento del elevado patrimonio genético que suponen.
La nueva normativa adapta las líneas de actuación a la normativa comunitaria vigente, e incrementa las cuantías provenientes de los Presupuestos Generales del Estado, pasando de 12.000 euros hasta 60.000 euros por raza.
Las subvenciones van destinadas a las organizaciones o asociaciones de ganaderos oficialmente reconocidas para cada raza por las Comunidades Autónomas, y podrán concederse por la realización de actividades como la elaboración de estudios y estadísticas sobre los aspectos etnológicos, zootécnicos y productivos de las especies, así como sobre su caracterización morfológica y reproductiva, para la organización de certámenes ganaderos y participación en los mismos, así como para actividades relacionadas con la educación, la formación y la divulgación de conocimientos científicos en materia zootécnica.
También se subvencionará la creación o mantenimiento de libros genealógicos, la elaboración de programas de conservación y mejora genética y su puesta en práctica y la creación de bancos de germoplasma, semen y embriones congelados o reserva en vivo en centros autorizados oficialmente.
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