NUEVAS MEDIDAS MÍNIMAS PARA LA LUCHA CONTRA DETERMINADAS ENFERMEDADES DE LOS PECES- AGRICULTURA Y PESCA

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el R.D. 1488/1994, por el que se establecen medidas mínimas de lucha contra determinadas enfermedades de los peces, con objeto de garantizar el desarrollo regional del sector de la acuicultura, contribuyendo a la protección de la sanidad de los peces.

Con el Real Decreto aprobado hoy se introducen nuevas medidas, de acuerdo con las directivas comunitarias sobre medidas mínimas de lucha contra determinadas enfermedades de los peces y sobre los planes de muestreo y los métodos de diagnóstico para la detección y confirmación de determinadas enfermedades de los peces.

En concreto, las modificaciones hacen referencia a las condiciones de retirada de peces, que deberán ajustarse a un plan elaborado por las Comunidades Autónomas, que se presentará a la Comisión Europea. Asimismo, se regula la autorización, en caso de detectarse un brote, de la aplicación de la correspondiente vacunación, en función del tipo de enfermedad detectado.

GABINETE DE PRENSA

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