Nuevas reservas naturales: Lagunas de Manjavacas y Puebla de Beleña

Con la aprobación de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del complejo lagunar de Manjavacas, Sánchez Gómez, la Dehesilla y Alcahozo y de las lagunas de Puebla de Beleña y su declaración como reservas naturales, Castilla-La Mancha cuenta ya con un total de 24 espacios naturales protegidos en su territorio.

Con la declaración de ambas reservas naturales, el Gobierno de Castilla-La Mancha establece un marco normativo preciso que otorga una atención preferente a la conservación de los valores naturales de estas dos zonas.

Con estas figuras de protección se pretende garantizar la conservación de la biodiversidad; restaurar las áreas y recursos naturales que se encuentren degradados por la actividad humana; garantizar el uso sostenible de los recursos naturales renovables, de forma compatible con la conservación de los valores naturales del espacio; facilitar su conocimiento público y un uso no perjudicial para los valores naturales de estos espacios; fomentar la sensibilidad y respeto de los ciudadanos hacia el medio natural; y, por último, promover la investigación aplicada a la conservación de la naturaleza.

Complejo lagunar de Manjavacas

La reserva natural del complejo lagunar de Manjavas abarca una superficie de 742 hectáreas, a las que hay que sumar una zona periférica de protección de 314 hectáreas más. El complejo está integrado por las lagunas de Manjavacas, Sánchez Gómez y La Dehesilla, todas ellas en el término municipal de Mota del Cuervo (Cuenca) y la laguna de Alcahozo, en el término municipal de Pedro Muñoz (Ciudad Real).

Todas estas lagunas son de carácter hipersalino, a excepción de Manjavacas que es de carácter mesosalino.

Hasta su declaración como reserva natural, la importancia de los valores naturales que se dan cita en las lagunas de este complejo habían hecho que ya contasen con diferentes figuras de protección.

Así, la laguna de Manjavacas y la laguna de Alcahozo estaban declaradas refugio de fauna. La primera de ellas, además, está incluida desde 1992 en el convenio de humedales de importancia internacional como hábitat para las aves acuáticas RAMSAR.

Además, desde 1989 este complejo lagunar está designado como Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), en aplicación de la directiva comunitaria relativa a la conservación de las aves silvestres, y son también Reserva de la Biosfera de La Mancha Húmeda.

Entre sus valores naturales, destacan los pastizales salinos continentales y la presencia de especies de flora incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha, entre las que se encuentran el “lepidium cardamines”, “lamprothamnium populosum”, “cressa crética” y algunas variedades de “limonium”.

En cuanto a la fauna, destacan aves acuáticas como la pagaza piconegra, la malvasía, la grulla común, la cigüeñuela, la avoceta, y el zampullín cuellinegro.

La declaración de esta reserva natural no afectará a los usos tradicionales como la agricultura o la ganadería, aunque se propone regular la ganadería extensiva de lanar y caprino cuando ésta afecta a la vegetación natural.

Lagunas de Puebla de Beleña

La reserva natural de las lagunas de Puebla de Beleña (Guadalajara) tiene una superficie de 191 hectáreas, más una zona periférica de protección de 57 hectáreas.

Estas lagunas son de tipo endorréico y temporal, siendo sus valores naturales más destacables una vegetación acuática sumergida y emergente, un tipo de asociación vegetal que está incluido, con carácter prioritario, en la Directiva comunitaria de Hábitats.

En cuanto a la fauna, destacan las aves acuáticas como la grulla común, el zampullín cuellinegro, el chorlitejo chico, la cigüeñuela y el zarapito real, y los anfibios, como gallipato, sapo de espuelas, sapo corredor, sapo partero común e ibérico y la ranita de San Antonio.

Respecto a las limitaciones que supondrá la declaración de la reserva natural, hay que señalar que se permiten los usos tradicionales como la agricultura y se propone regular la ganadería extensiva lanar cuando ésta afecta a los vasos lagunares.

Sin embargo, se prohibe la caza en la reserva natural y se prohibe también el sobrevuelo de la zona a menos de 450 metros sobre la vertical de las lagunas.

JCCM

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