NUEVO REGLAMENTO DE CONTRATOS TIPO DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el reglamento de la ley de contratos tipo de productos agroalimentarios. Esta normativa regula los contratos tipo de productos agroalimentarios cuyo ámbito de aplicación se extiende a más de una comunidad autónoma, incluyendo los procedimientos de homologación, prórroga, la solución de posibles controversias en la interpretación de los mismos y la definición del papel de las comisiones de seguimiento. La ley de contratos tipo fue aprobada el pasado 7 de enero, con el doble objetivo de conseguir que exista transparencia en el mercado agroalimentario y, al mismo tiempo, simplificar la compleja y abundante legislación existente en la materia. El modelo de contrato tipo propuesto por la ley y al que los operadores pueden acogerse libremente, incluye la identificación de las partes contratantes, la definición del producto, la calidad, presentación, calendario y lugar de entrega, así como cualquier otro aspecto relativo a la posición comercial, en los términos que los operadores establezcan. Según fuentes del Ministerio de Agricultura, «el modelo pretende conseguir un mejor equilibrio entre pequeños y grandes operadores, dado que el contrato propuesto garantiza que la información contenida se de a conocer a todos los operadores».

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