La nueva directiva de reciclado de envases recibirá la luz verde del Parlamento Europeo tras el acuerdo alcanzado en el comité de conciliación. El objetivo de esta actualización de la normativa vigente, que data de 1994, es reducir el impacto negativo sobre el medio ambiente que provocan las montañas de residuos procedentes de envases o embalajes. Se fijan metas más elevadas para el reciclado y la valorización y se hace hincapié en la prevención, para evitar que se generen residuos. Se precisa la definición de valorización para incluir expresamente la incineración con recuperación de energía.
Objetivos
Los objetivos deberán cumplirse a más tardar el 31 de diciembre 2008. El objetivo de valorización o incineración será del 60% en peso (frente al 50% actual). Para el reciclaje, un mínimo del 55% (frente al 25% actual) y un máximo del 80% en peso (frente al 45% actual). También se establecen objetivos para el reciclado de materiales específicos (% expresados en porcentaje de peso): 60% para vidrio, 60% para papel y cartón, 50% para metales, 22,5% para plásticos y 15% para madera.
Nueva fase
Además, se prevé el inicio de una nueva fase entre 2009 y 2015 cuyos objetivos los fijarán en 2007 el Parlamento y el Consejo.
Prórrogas
Para Grecia, Irlanda y Portugal se concede una prorroga de tres años, hasta finales de 2011 debido a su situación particular: elevado número de islas, zonas rurales y montañosas y bajo nivel actual de consumo de envases. El Parlamento había inicialmente propuesto limitar la prórroga hasta 2010 y el Consejo planteaba 2012.
Para los nuevos Estados miembros, se acepta la necesidad de una plazo adicional, que deberá decidirse, pero que en principio debe ser como mucho 2012 para Chipre, República Checa, Estonia, Hungría, Lituania, Eslovaquia y Eslovenia; 2013 para Malta; 2014 para Polonia; y 2015 para Letonia. El Consejo había en principio propuesto dejar esta cuestión abierta para decidirlo en negociaciones bilaterales. El Parlamento consiguió que se incluyera una referencia a la fecha en la directiva.
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