En la propuesta de clasificación se determina la dirección, anchura y longitud aproximada de las vías pecuarias, con descripción detallada de su itinerario, superficie aproximada y demás características, al objeto de su identificación y posterior deslinde.
En concreto, la propuesta presenta la clasificación de 15 kilómetros que discurren por la cumbre, entre las lomas que dividen las vertientes cameranas y sorianas. Para la clasificación se han considerado dos tramos, el primero comienza dos kilómetros al noroeste del Puerto de Piqueras y procede de la provincia de Soria discurre por la línea de término municipal de Lumbreras y Soria, en dirección norte hasta llegar al límite de Laguna de Cameros y el segundo discurre por el límite municipal de Lumbreras y Laguna de Cameros, en dirección noroeste hasta llegar al límite de Gallineros de Cameros.
La citada proposición de clasificación estará expuesta al público en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural (c/Prado Viejo, 62 bis) durante un plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), al objeto de que los interesados puedan presentar alegaciones o reclamaciones que consideren oportunas. Una vez transcurrido dicho plazo y examinadas las alegaciones presentadas la Consejería dictará resolución aprobando la clasificación en el plazo máximo de un año desde el inicio del expediente.
La clasificación de las vías pecuarias tiene por objeto la conservación y mejora, así como regular el uso y aprovechamiento racional de las mismas. Esta actuación se lleva a cabo de acuerdo con el apartado 2 del artículo 13 del vigente Reglamento de Vías Pecuarias de La Rioja, aprobado por Decreto 3/1998 de 9 de enero.
Gobierno de La Rioja