El Boletín Oficial del Estado publicará mañana una Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se prohibe cautelarmente el movimiento de animales cuando tengan su origen o se produzcan dentro de la Comunidad Autónoma de Cataluña, así como de las provincias de Huesca y Castellón. No será de aplicación la prohibición cuando el movimiento de cerdos tenga su origen en una única explotación y vayan destinados directamente al matadero.
La adopción de esta medida se enmarca en la necesidad de evitar la difusión de la peste porcina clásica, a raíz de la declaración de focos de la enfermedad en las provincias de Lleida y Castellón, así como el establecimiento de una zona de vigilancia en la provincia de Huesca.Las medidas contempladas en la Orden Ministerial estarán vigentes hasta el próximo día 30 de junio.
MAPA